ARCHIVAN CAUSA PENAL POR IMPAGO DE PENSIONES

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Habitualmente, en los casos de impago de pensiones nos encontramos con dos tipos de padres, el padre que no paga porque no quierepor sorprendente que parezca los hay– y el padre que no paga porque no puede, éste ultimo es el caso de muchos padres que durante la crisis han visto reducidos sus ingresos significativamente y ahora no pueden atender el pago de las pensiones acordadas en su día.

impago de pensionesSin embargo, a estos dos tipos de padres habría que añadir un tercer tipo: el padre al que la progenitora de sus hijos arruina digo progenitora porque estas señoras no merecen el título de madre-, de modo y manera que estos hombres no puede hacer frente al pago de la pensión de alimentos de su hijo ni a sus propios gastos.

Precisamente sobre el caso de uno de estos padres les voy a hablar hoy, aunque por razones obvias mantendremos en el anonimato su identidad.

Este padre antes de divorciarse tenia una situación económica desahogada, cuando se divorció lo primero que se encontró fue una denuncia falsa por  presuntos abusos sexuales a su hijo –denuncia que fue archivada-, a esta denuncia le siguieron más de 30 denuncias falsas.

Como la progenitora, por medio de las denuncias falsas, no consiguió su objetivo –borrar al padre de la vida del menor– opto por poner tierra de por medio –casi 1.000 kilómetros-.

A día de hoy este padre, después de hacer frente a más de 30 procedimientos judiciales, está arruinado, pero es más, de los pocos ingresos que tiene, más del 75 % los tiene que destinar a atender los gastos de desplazamientos para ver a su hijo.

Cuando conocí a este padre estaba en una situación limite, en huelga de hambre, y para más inri imputado por un presunto delito de impago de pensiones previsto y penado en el artículo 227 del Código Penal.

Para complicar más la situación, cuando nos personamos en las diligencias en las que este padre estaba imputado por la presunta comisión de un delito de impago de pensiones lo primero que nos notificaron fue un Auto, dictado días antes, por el que se acordaba la continuación de las mismas por los trámites del procedimiento abreviado, Auto que fue recurrido mediante Recurso de Reforma en el cual expusimos con todo detalle la cruda realidad, es decir, que este padre no había pagado porque quien ahora lo denunciaba por impago de pensiones lo había arruinado, primero con más de 30 denuncias falsas y, segundo, poniendo entre él y su hijo casi 1.000 kilómetros de distancia.

impago de pensionesAfortunadamente para este padre, con fecha 6 de marzo de 2015, el Juzgado de Instrucción nº 4 de Málaga, a petición del Ministerio Fiscal, ha estimado nuestro Recurso de Reforma y ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias que se seguían contra él por la presunta comisión de un delito de impago de pensiones.

Ante estos casos, dos son mis reflexiones, la primera, dedicada a estas progenitoras, no es inteligente arruinar al padre de tus hijos, la segunda, dedicada a todos aquellos padres que puedan verse ante esta situación, es que «la única batalla que se pierde es la que no se lucha».

Ante un delito de impago de pensiones, puede haber profesionales que recomienden conformarse con los hechos y así conseguir una pena inferior, en mi opinión, es una recomendación equivocada, es mejor pelearlo asumiendo el riesgo de ser condenado a una pena mayor, solo así se puede conseguir una sentencia absolutoria o incluso no tener que sentarse en el banquillo.

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Más información en:

Auto, de fecha 10 de julio de 2014, acordando continuación diligencias

Recurso de Reforma 2014-10-20 (contra Providencia 2014-07-10)

 Auto, de fecha 6 de marzo de 2015, acordando sobreseimiento provisional y archivo

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