PRISIÓN POR «MIRAR» EL MÓVIL DE SU MARIDO

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Una práctica más frecuente de lo que parece y que puede traer serios quebraderos de cabeza es mirar los sms o whatsapp de nuestra pareja sin su consentimiento; personalmente no comprendo que esto suceda, pero sucede.

Revelación secretosPor hechos como el mencionado, el Juzgado de lo Penal nº 3 de Jaén ha condenado a una mujer a un año de cárcel pena que si no tiene antecedentes no tendrá que cumplir y al pago de una multa de 1.080 euros como autora de un delito de descubrimiento y revelación de secretos previsto y penado en el artículo 197 del Código Penal, por acceder a través del móvil de su marido a conversaciones íntimas que éste había mantenido con una vecina, al considerar que supuso una «invasión de la intimidad»

Según se desprende de los «Hechos Probados» de la Sentencia que hoy comentamos, a la acusada se le estropeó el móvil y cogió un antiguo terminal del que todavía era su marido; fue entonces, cuando al manipular el teléfono, se encontró archivados mensajes, a los que accedió sin el consentimiento del marido, que demostraban que entre él y la vecina habían mantenido una relación sentimental.

La mujer se puso en contacto con su entonces marido, del que ya se encontraba en trámites de separación, y le informó de su hallazgo.

Éste a su vez se lo contó a la vecina, que, tras acudir a un notario para que quedara constancia de los mensajes recibidos, interpuso una querella que finalmente ha terminado en sentencia condenatoria.

Revelación secretosLa Ilma. Magistrado Juez del Juzgado de lo Penal n.º 3 de Jaen recoge en la sentencia que «sin contar con el consentimiento ni la autorización del esposo» elemento determinante accedió a los sms, lo que ya de por sí supone una «invasión de la intimidad».

La acusada se enfrentaba también a la petición del fiscal del pago de 700 euros en concepto de indemnización para la denunciante, cantidad que la acusación particular elevó hasta 12.000 euros. Finalmente la Juez no ha condenado a la acusada a pagar cantidad alguna en concepto de indemnización por no considerar acreditada la existencia de daño alguno.

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