LLAMAR «LOCA» Y «GORDA» A UNA EX PAREJA, ¿DEBE SER DELITO?

Hoy estimados lectores les traigo una noticia pero a la vez les hago una pregunta: llamar «loca» y «gorda» a una ex pareja, ¿debe ser delito?

Juzgados de SevillaEl caso es el siguiente: el juez del Juzgado de Violencia Sobre la Mujer n.º 1 de Sevilla ha archivado una denuncia de una mujer que denunció a su ex marido por haberle amenazado de muerte y haberle insultado con expresiones como «amargada», «loca» o «gorda».

Para ello, el magistrado argumenta que se trata de «expresiones groseras y maleducadas» que «por sí solas no pueden desencadenar una respuesta penal».

Vaya por delante que la conducta del denunciado no me parece en absoluto correcta y que considero que en nuestras relaciones con los demás se deben mantener siempre las formas, y que no me parece de recibo ninguna falta de respeto al prójimo, sea nuestra pareja, nuestro vecino o un desconocido que nos crucemos por la calle.

En todo caso, me gustaría señalar el hecho de que si fuera al revés, es decir, que una mujer llamara a su ex marido «loco», «gordo» o «amargado», tales calificativos carecerían de relevancia penal. Es más, si un hombre osara formular denuncia por tales hechos, tanto dentro como fuera del juzgado, sería objeto de mofa.

Sin embargo, ante noticias de esta naturaleza me pregunto: ¿no se estará haciendo un uso abusivo del derecho a la tutela judicial efectiva?

Creo, una vez más, que el problema no es judicial sino de EDUCACIÓN, y por eso la mejor inversión que se puede hacer es en esta materia: educación, pero desde la escuela; a la vez que en el mismo hogar seamos capaces, nosotros como padres, de inculcar y fomentar en nuestros hijos el respeto hacia los demás.

Quizá ya sea tarde para cambiar al denunciado, pero estamos a tiempo de educar a nuestros hijos para que nunca lleven a cabo conductas como esta.

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ABC de Sevilla