• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Saltar al pie de página

976 25 46 74[email protected]

Derecho de familia y penal

  • Abogado de familia
  • Abogado penalista
  • Asesoramiento jurídico online
  • Conóceme
  • Blog
    • Mis artículos
    • Sentencias comentadas
    • Firma invitada
    • Sala de prensa
    • Sala de TV
    • Sala de «podcasts»
    • Casos de éxito
  • Contacto

LA VIOLENCIA NO ENTIENDE DE CLASES SOCIALES

Estás aquí: Inicio / Sentencias comentadas / LA VIOLENCIA NO ENTIENDE DE CLASES SOCIALES

06/02/2015 - 1 comentario

[spacer]

[spacer]

Si ayer decía que no existe la violencia de género –porque para mí la violencia no tiene género–, hoy lo que cabe concluir a la vista de la Sentencia que vamos a comentar es que la violencia no entiende de clases sociales.

En el caso que nos ocupa, la condenada es ni más ni menos que D.ª Cristina Fernández Rodríguez, en la actualidad de 46 años de edad, y que hace 12 años fue Delegada de Justicia con el Partido Popular.

Pues bien, el 1 de agosto de 2012 a las 17:00 horas llamó al despacho de su ex marido en la calle Bedoya para reprocharle diversas cuestiones relativas a la pensión de sus hijos. Media hora después se personó en el bufete del padre de sus hijos, en compañía de estos, continuando a gritos la conversación. Según consta en el escrito de acusación, tiró al suelo a su ex cónyuge en donde le dio patadas y le cogió las llaves, un ratón del ordenador y el móvil .

 La violencia no tiene clase socialNo conforme con lo expuesto en el párrafo que antecede, cuando acudió la Policía Local, alertada por los vecinos, y le pidió que se identificara, no solo no lo hizo sino que intentó agredir a los policías.

En el momento en el que la conducían a comisaría en calidad de detenida, pero sin grilletes –privilegios de haber sido Delegada de Justicia con el Partido Popular–, empujó violentamente a uno de los policías por las escaleras, agente que estuvo de baja 180 días debido a las lesiones que sufrió.

Por los hechos expuestos, el Juzgado de lo Penal n.º 1 de Orense ha condenado a la Sra. Fernández por la comisión de un delito de maltrato en el ámbito familiar, un delito de resistencia a los agentes de la autoridad y un delito de lesiones, a las penas de 57 días de trabajos en beneficio de la comunidad, y a 6 y 4 meses de prisión respectivamente.

Asimismo, se le ha impuesto la medida de prohibición de aproximación a menos de 100 metros del domicilio o lugar de trabajo del que fuera su esposo, el abogado D. Ramón Pérez, así como comunicarse con él por cualquier medio o procedimiento por espacio de tres años. Quedando suspendida la pena de prisión por un plazo de tres años, siempre y cuando no vuelva a delinquir.

Todo lo cual confirma, a mi parecer, que la violencia ni entiende de género ni de condición social.

[spacer]

Más información en:

La Región

Farodevigo.es

[spacer]

¿Te ha gustado?
Suscríbete a nuestro newsletter y semanalmente recibirás nuestras últimas publicaciones en tu correo.

Category iconSentencias comentadas

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. ines molero dice

    07/02/2015 a las 08:57

    Invirtamos el personaje. Que el hombre invade el despacho de su ex, golpea y roba objetoa personales y todo esto delante d3 sus hijos. Un agente sufre agresión en el traslado del maltratador (caluficativo no usado al comentar los hechos). El resultado sería prisiön preventiva, orden de alejamiento y suspensión de régimen de estancia. Ya como sentencia nos iriamos a mas de dos añoa de condena, dando con sus huesos en la carcel y separado de sus hijos xq igual los mata para hacer mas daño a esa pobre mujer. ¿holocausto varón español? A eso suena y se sufre

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

Últimos artículos

¿SABÍAS QUE CON SOLO AJUSTAR ALGUNOS PEQUEÑOS GESTOS, TU FORMA DE ESTAR FRENTE A CÁMARA PUEDE CAMBIAR POR COMPLETO?

LOS PADRES «SIN JUSTA CAUSA» NO PUEDEN IMPEDIR A LOS ABUELOS RELACIONARSE CON LOS NIETOS

CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN «AUTOMÁTICA» DEL ARTÍCULO 94 DEL CÓDIGO CIVIL –TRES CASOS REALES–

EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES, ¿QUIÉN PAGA LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE LOS HIJOS?

«SOLO» EL 23 % DE LAS DENUNCIAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO ACABAN EN CONDENA, Y LA MITAD DE ESAS CONDENAS SON CON LA CONFORMIDAD DEL ACUSADO

¿POR QUÉ NO INTENTARLO?

Vídeos YouTube

Visita mi canal

Últimos artículos de mi blog

¿SABÍAS QUE CON SOLO AJUSTAR ALGUNOS PEQUEÑOS GESTOS, TU FORMA DE ESTAR FRENTE A CÁMARA PUEDE CAMBIAR POR COMPLETO?

28/06/2025

FLORENCIA DE MAIO Licenciada en artes dramáticas & Coach internacional certificada. Especialista en comunicación frente a cámara. www.florenciademaio.com [email protected] Redes: … Leer acerca de ¿SABÍAS QUE CON SOLO AJUSTAR ALGUNOS PEQUEÑOS GESTOS, TU FORMA DE ESTAR FRENTE A CÁMARA PUEDE CAMBIAR POR COMPLETO?

LOS PADRES «SIN JUSTA CAUSA» NO PUEDEN IMPEDIR A LOS ABUELOS RELACIONARSE CON LOS NIETOS

31/05/2025

En el último post publicado en este blog, titulado «Consecuencias de la aplicación “automática” del artículo 94 del Código Civil –tres casos reales–» comenté las «nefastas» consecuencias que estaba … Leer acerca de LOS PADRES «SIN JUSTA CAUSA» NO PUEDEN IMPEDIR A LOS ABUELOS RELACIONARSE CON LOS NIETOS

CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN «AUTOMÁTICA» DEL ARTÍCULO 94 DEL CÓDIGO CIVIL –TRES CASOS REALES–

26/04/2025

El día 3 de septiembre de 2021 entró en vigor la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su … Leer acerca de CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN «AUTOMÁTICA» DEL ARTÍCULO 94 DEL CÓDIGO CIVIL –TRES CASOS REALES–

EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES, ¿QUIÉN PAGA LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE LOS HIJOS?

29/03/2025

Se acerca el fin de curso y con él, para muchos estudiantes, el final del bachillerato y su entrada en la universidad. En el post «Los gastos por estudios universitarios están incluidos dentro de … Leer acerca de EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES, ¿QUIÉN PAGA LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE LOS HIJOS?

  • Mis artículos
  • Sentencias comentadas
  • Firma invitada
  • Sala de prensa
  • Sala de TV
  • Sala de «podcasts»
  • Casos de éxito

Footer

Suscríbete a mis noticias

Suscríbete a la newsletter y semanalmente recibirás mis últimas publicaciones en tu correo.


En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica de protección de datos y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) de diciembre de 2018, FELIPE FERNANDO MATEO BUENO pone en su conocimiento que su dirección electrónica, así como otros datos de carácter personal que puedan figurar en este formulario forman parte de un tratamiento de datos de carácter personal cuyas características se detallan a continuación:
Responsable: FELIPE FERNANDO MATEO BUENO

Finalidad: Envío de boletín de noticias.

Legitimación: Consentimiento del interesado o su representante legal.

Destinatarios: FELIPE FERNANDO MATEO BUENO no cede datos a terceros.

Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, tal como se explica en nuestra política de privacidad.

Información adicional: Política de privacidad



<!--

En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679, FELIPE FERNANDO MATEO BUENO pone en su conocimiento que su dirección electrónica, así como otros datos de carácter personal que puedan figurar en este formulario forman parte de un tratamiento de datos de carácter personal cuyas características se detallan a continuación:


Responsable: FELIPE FERNANDO MATEO BUENO


Finalidad: Gestionar las consultas y comentarios. También el envío de información de nuestros productos y del sector, en caso de que lo haya aceptado expresamente.


Legitimación: Consentimiento del interesado o su representante legal.


Destinatarios: FELIPE FERNANDO MATEO BUENO no cede datos a terceros.


Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, tal como se explica en nuestra política de privacidad.


Información adicional: Política de privacidad

-->

Comprueba tu bandeja de entrada o de spam ahora para confirmar tu suscripción.

976 25 46 74 · 654 74 39 33

[email protected]

MATEO BUENO ABOGADO © 2014

  • Contacto
  • Honorarios
  • Pago de consultas
  • Abogado de familia
  • Abogado penalista
  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies