• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Saltar al pie de página

976 25 46 74[email protected]

Derecho de familia y penal

  • Abogado de familia
  • Abogado penalista
  • Asesoramiento jurídico online
  • Conóceme
  • Blog
    • Mis artículos
    • Sentencias comentadas
    • Firma invitada
    • Sala de prensa
    • Sala de TV
    • Sala de «podcasts»
    • Casos de éxito
  • Contacto

HIJOS «HUÉRFANOS» DE PADRES VIVOS

Estás aquí: Inicio / Sentencias comentadas / HIJOS «HUÉRFANOS» DE PADRES VIVOS

20/02/2015 - 3 comentarios

[spacer]

[spacer]

Aunque ya conocen mi opinión sobre este tema, vaya por delante mi condena más rotunda hacia cualquier tipo de violencia, la sufran mujeres, hombres, niños o ancianos, sea quien sea la víctima, repudio la violencia.

Por tanto, me parece inaceptable cualquier tipo de violencia sobre la mujer, a quien –repito, al igual que a los niños, ancianos y hombres– hay que proteger. Sin embargo, pienso que, para proteger a la mujer, no vale todo.

Aunque en este espacio virtual y, más concretamente, en esta sección de noticias, lo que me gusta es comentar sentencias –por considerar que es lo más útil para todos–, hay noticias que no se pueden dejar pasar por alto.

Hijos «bastardos» de padre vivoEsta semana son dos las noticias que han llamado mi atención: la primera a cargo del Grupo Parlamentario Socialista en el Senado, que ha solicitado «suprimir la obligación impuesta a aquellas víctimas de violencia de género que sean condenadas por denuncia falsa o simulación de delito de devolver las cantidades recibidas en concepto de ayuda con un interés del 50 por ciento».

Concretamente, el PSOE ha presentado este lunes una enmienda de supresión del artículo 35 del Estatuto de la Víctima, en el que se establecen los supuestos en los que las personas que se hayan beneficiado de subvenciones o ayudas percibidas por su condición de víctimas y que hubiera sido objeto de alguna medida de protección, estarán obligadas a reembolsar las cantidades recibidas.

La devolución legislada afecta también a los gastos causados a la Administración por las actuaciones de reconocimiento, información, protección y apoyo a la víctima. Las cantidades percibidas tendrán que reintegrarse «con un incremento del interés legal del dinero aumentado en un 50 por ciento».

El texto refleja que esta devolución con penalización se producirá si la víctima es condenada por denuncia falsa o simulación de delito o si se dicta una sentencia absolutoria o un auto de sobreseimiento libre en los que se declare que los hechos denunciados no existieron.

Pues bien, según el senador D. Arcadio Díaz Tejera, la supresión es necesaria porque el artículo resulta «intimidatorio para aquellas mujeres que viven una situación de angustia».

Ante lo cual, a la vista de la petición del Grupo Parlamentario Socialista en el Senado, yo propongo que se den las ayudas y demás «mamandurrias» sin necesidad de denunciar, así, porque sí, por el mero hecho de «ser mujer». Al menos, con ello, nos ahorraremos los costes que todo procedimiento judicial conlleva y el sufrimiento de muchos hombres víctimas de denuncias falsas.

Hijos «bastardos» de padre vivoPero, como el Partido Popular no puede ser menos que el Partido Socialista, el Ministro de Justicia, Sr. Catalá, se ha despachado con otra sorprendente noticia:

«Queremos que la custodia compartida sea una posibilidad cuando están de acuerdo los padres, porque si no es bastante complicado gestionarla y queremos garantizar que nadie que tenga sospecha o sombra de violencia de género pueda tener, no ya la custodia, que parece evidente, sino incluso visitas a sus hijos».

El Sr. Catalá ha dicho que la intención del Ejecutivo es modificar el sistema actual que sí «permite que se esté concediendo régimen de visitas a maltratadores condenados y confesos».

Es decir, si prosperan los proyectos del Partido Popular, un hombre que sea condenado por violencia de género –independientemente de los hechos que motiven dicha condena, por ejemplo: un insulto– no tendrá derecho ni a un «triste» régimen de visitas para ver a sus hijos.

Pero es más, si sobre un hombre hay «sospecha o sombra de violencia de género» –no condena–, tampoco.

Ante lo cual, teniendo en cuenta la legislación que tenemos en España en esta materia y lo fácil que es conseguir que un hombre sea condenado por violencia de género, auguro un lamentable incremento de «hijos huérfanos de padre vivo».

Por cierto, en ambas noticias hay un denominador común, las presiones efectuadas a PP y PSOE por determinadas asociaciones de mujeres.

[spacer]

Más información en:

Informativostelecinco.com

Levante

[spacer]

¿Te ha gustado?
Suscríbete a nuestro newsletter y semanalmente recibirás nuestras últimas publicaciones en tu correo.

Category iconSentencias comentadas

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. lasertest dice

    04/06/2017 a las 20:24

    Very good write-up. I certainly love this website.
    Continue the good work!

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      05/06/2017 a las 14:57

      Thank you very much for your comment.

      regards

      Responder
  2. Jose Enrique dice

    20/02/2015 a las 17:24

    Todo este tipo de situaciones que ocurren hoy con más frecuencia que nunca, como violencia de género o denúncias falsas a hombres inocentes o maltrato sicologico a menores abusos etc etc.
    Debería de hacerse un seguimiento por cada una de las denuncias falsas a hombres inocentes para así evitar que todo niño/a se les pueda crear cualquier tipo de daño sicologico a favor o en contra del padre o madre

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

Últimos artículos

¿SABÍAS QUE CON SOLO AJUSTAR ALGUNOS PEQUEÑOS GESTOS, TU FORMA DE ESTAR FRENTE A CÁMARA PUEDE CAMBIAR POR COMPLETO?

LOS PADRES «SIN JUSTA CAUSA» NO PUEDEN IMPEDIR A LOS ABUELOS RELACIONARSE CON LOS NIETOS

CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN «AUTOMÁTICA» DEL ARTÍCULO 94 DEL CÓDIGO CIVIL –TRES CASOS REALES–

EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES, ¿QUIÉN PAGA LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE LOS HIJOS?

«SOLO» EL 23 % DE LAS DENUNCIAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO ACABAN EN CONDENA, Y LA MITAD DE ESAS CONDENAS SON CON LA CONFORMIDAD DEL ACUSADO

¿POR QUÉ NO INTENTARLO?

Vídeos YouTube

Visita mi canal

Últimos artículos de mi blog

¿SABÍAS QUE CON SOLO AJUSTAR ALGUNOS PEQUEÑOS GESTOS, TU FORMA DE ESTAR FRENTE A CÁMARA PUEDE CAMBIAR POR COMPLETO?

28/06/2025

FLORENCIA DE MAIO Licenciada en artes dramáticas & Coach internacional certificada. Especialista en comunicación frente a cámara. www.florenciademaio.com [email protected] Redes: … Leer acerca de ¿SABÍAS QUE CON SOLO AJUSTAR ALGUNOS PEQUEÑOS GESTOS, TU FORMA DE ESTAR FRENTE A CÁMARA PUEDE CAMBIAR POR COMPLETO?

LOS PADRES «SIN JUSTA CAUSA» NO PUEDEN IMPEDIR A LOS ABUELOS RELACIONARSE CON LOS NIETOS

31/05/2025

En el último post publicado en este blog, titulado «Consecuencias de la aplicación “automática” del artículo 94 del Código Civil –tres casos reales–» comenté las «nefastas» consecuencias que estaba … Leer acerca de LOS PADRES «SIN JUSTA CAUSA» NO PUEDEN IMPEDIR A LOS ABUELOS RELACIONARSE CON LOS NIETOS

CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN «AUTOMÁTICA» DEL ARTÍCULO 94 DEL CÓDIGO CIVIL –TRES CASOS REALES–

26/04/2025

El día 3 de septiembre de 2021 entró en vigor la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su … Leer acerca de CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN «AUTOMÁTICA» DEL ARTÍCULO 94 DEL CÓDIGO CIVIL –TRES CASOS REALES–

EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES, ¿QUIÉN PAGA LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE LOS HIJOS?

29/03/2025

Se acerca el fin de curso y con él, para muchos estudiantes, el final del bachillerato y su entrada en la universidad. En el post «Los gastos por estudios universitarios están incluidos dentro de … Leer acerca de EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES, ¿QUIÉN PAGA LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE LOS HIJOS?

  • Mis artículos
  • Sentencias comentadas
  • Firma invitada
  • Sala de prensa
  • Sala de TV
  • Sala de «podcasts»
  • Casos de éxito

Footer

Suscríbete a mis noticias

Suscríbete a la newsletter y semanalmente recibirás mis últimas publicaciones en tu correo.


En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica de protección de datos y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) de diciembre de 2018, FELIPE FERNANDO MATEO BUENO pone en su conocimiento que su dirección electrónica, así como otros datos de carácter personal que puedan figurar en este formulario forman parte de un tratamiento de datos de carácter personal cuyas características se detallan a continuación:
Responsable: FELIPE FERNANDO MATEO BUENO

Finalidad: Envío de boletín de noticias.

Legitimación: Consentimiento del interesado o su representante legal.

Destinatarios: FELIPE FERNANDO MATEO BUENO no cede datos a terceros.

Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, tal como se explica en nuestra política de privacidad.

Información adicional: Política de privacidad



<!--

En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679, FELIPE FERNANDO MATEO BUENO pone en su conocimiento que su dirección electrónica, así como otros datos de carácter personal que puedan figurar en este formulario forman parte de un tratamiento de datos de carácter personal cuyas características se detallan a continuación:


Responsable: FELIPE FERNANDO MATEO BUENO


Finalidad: Gestionar las consultas y comentarios. También el envío de información de nuestros productos y del sector, en caso de que lo haya aceptado expresamente.


Legitimación: Consentimiento del interesado o su representante legal.


Destinatarios: FELIPE FERNANDO MATEO BUENO no cede datos a terceros.


Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, tal como se explica en nuestra política de privacidad.


Información adicional: Política de privacidad

-->

Comprueba tu bandeja de entrada o de spam ahora para confirmar tu suscripción.

976 25 46 74 · 654 74 39 33

[email protected]

MATEO BUENO ABOGADO © 2014

  • Contacto
  • Honorarios
  • Pago de consultas
  • Abogado de familia
  • Abogado penalista
  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies