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MEDIDA DE ALEJAMIENTO A UNA MADRE DE SU HIJA

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09/02/2015 - Deja un comentario

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No sé si el/la Magistrado Juez que ha dictado la Sentencia que hoy comentamos tiene hijos o no –intuyo que no– pero, en todo caso, pienso que la Justicia «no está para esto».

El caso es el siguiente: el día 17 de agosto de 2012 sobre las 00:30 horas, madre e hija se encontraban en el domicilio que entonces compartían en Pamplona, e iniciaron una discusión motivada porque la joven –que en aquellas fechas tenía 19 años– quería quedarse despierta jugando a la PSP.

Medida de alejamiento a una madre de su hijaLa madre se opuso e intentó quitarle el aparato, comenzando entre ambas un forcejeo durante el cual, según la Sentencia, la madre tiró del pelo a su hija, le dio manotazos y la sujetó de los brazos y del cuello, produciéndole un arañazo cuando la joven «forcejeó para que la soltara». Durante el forcejeo la joven «enroscaba a su madre con el pie derecho con la intención de que perdiera el equilibrio». Como consecuencia de los hechos, la hija sufrió lesiones en el cuello que tardaron tres días en curar.

Por tales hechos, el Juzgado de lo Penal n.º 1 de Pamplona ha condenado a esta madre, como autora de un delito de maltrato, a la pena de 65 de trabajos en beneficio de la comunidad y le ha impuesto la prohibición de acercarse a la hija a una distancia inferior a 300 metros y de comunicarse con ella «por cualquier medio o procedimiento» por un tiempo de seis meses y un día, aún estimando que la joven «no tiene miedo de su madre e incluso ha mantenido relación con ella hasta la fecha sin nuevos incidentes».

Especial mención merece la declaración de la joven, quien dijo que no tenía buena relación con su madre, pero que solo le había agredido el día de los hechos.

Medida de alejamiento a una madre de su hijaEl debate está servido. No voy a justificar –y mucho menos defender– el comportamiento de la madre, pero pienso que no hay que criminalizar las relaciones familiares; es más, un principio básico del Derecho Penal es el de «intervención mínima», en virtud del cual el Derecho Penal debe tener carácter de última ratio por parte del Estado para la protección de los bienes jurídicos y solo para los más importantes frente a los ataques más graves.

Viendo este tipo de resoluciones, así como otras que ya hemos comentado en este espacio virtual, creo que no vamos por buen camino y, una vez más, estos errores repercuten directamente en los hijos: condenar a una madre que trata de poner límites a su hija es un disparate –aunque estemos de acuerdo que la forma de hacerlo no haya sido apropiada–.

Estimados lectores, «no» pongamos límites a nuestros hijos, dejémosles hacer su «santa voluntad», y ya verán…, ¡tiempo al tiempo!

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Más información en:

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