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ARCHIVAN CAUSA PENAL POR IMPAGO DE PENSIONES

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24/01/2017 - 10 comentarios

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Habitualmente, en los casos de impago de pensiones nos encontramos con dos tipos de padres, el padre que no paga porque no quiere –por sorprendente que parezca los hay– y el padre que no paga porque no puede, éste ultimo es el caso de muchos padres que durante la crisis han visto reducidos sus ingresos significativamente y ahora no pueden atender el pago de las pensiones acordadas en su día.

impago de pensionesSin embargo, a estos dos tipos de padres habría que añadir un tercer tipo: el padre al que la progenitora de sus hijos arruina –digo progenitora porque estas señoras no merecen el título de madre-, de modo y manera que estos hombres no puede hacer frente al pago de la pensión de alimentos de su hijo ni a sus propios gastos.

Precisamente sobre el caso de uno de estos padres les voy a hablar hoy, aunque por razones obvias mantendremos en el anonimato su identidad.

Este padre antes de divorciarse tenia una situación económica desahogada, cuando se divorció lo primero que se encontró fue una denuncia falsa por  presuntos abusos sexuales a su hijo –denuncia que fue archivada-, a esta denuncia le siguieron más de 30 denuncias falsas.

Como la progenitora, por medio de las denuncias falsas, no consiguió su objetivo –borrar al padre de la vida del menor– opto por poner tierra de por medio –casi 1.000 kilómetros-.

A día de hoy este padre, después de hacer frente a más de 30 procedimientos judiciales, está arruinado, pero es más, de los pocos ingresos que tiene, más del 75 % los tiene que destinar a atender los gastos de desplazamientos para ver a su hijo.

Cuando conocí a este padre estaba en una situación limite, en huelga de hambre, y para más inri imputado por un presunto delito de impago de pensiones previsto y penado en el artículo 227 del Código Penal.

Para complicar más la situación, cuando nos personamos en las diligencias en las que este padre estaba imputado por la presunta comisión de un delito de impago de pensiones lo primero que nos notificaron fue un Auto, dictado días antes, por el que se acordaba la continuación de las mismas por los trámites del procedimiento abreviado, Auto que fue recurrido mediante Recurso de Reforma en el cual expusimos con todo detalle la cruda realidad, es decir, que este padre no había pagado porque quien ahora lo denunciaba por impago de pensiones lo había arruinado, primero con más de 30 denuncias falsas y, segundo, poniendo entre él y su hijo casi 1.000 kilómetros de distancia.

impago de pensionesAfortunadamente para este padre, con fecha 6 de marzo de 2015, el Juzgado de Instrucción nº 4 de Málaga, a petición del Ministerio Fiscal, ha estimado nuestro Recurso de Reforma y ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias que se seguían contra él por la presunta comisión de un delito de impago de pensiones.

Ante estos casos, dos son mis reflexiones, la primera, dedicada a estas progenitoras, no es inteligente arruinar al padre de tus hijos, la segunda, dedicada a todos aquellos padres que puedan verse ante esta situación, es que «la única batalla que se pierde es la que no se lucha».

Ante un delito de impago de pensiones, puede haber profesionales que recomienden conformarse con los hechos y así conseguir una pena inferior, en mi opinión, es una recomendación equivocada, es mejor pelearlo asumiendo el riesgo de ser condenado a una pena mayor, solo así se puede conseguir una sentencia absolutoria o incluso no tener que sentarse en el banquillo.

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Más información en:

Auto, de fecha 10 de julio de 2014, acordando continuación diligencias

Recurso de Reforma 2014-10-20 (contra Providencia 2014-07-10)

 Auto, de fecha 6 de marzo de 2015, acordando sobreseimiento provisional y archivo

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Comentarios

  1. Lorena dice

    28/04/2017 en 19:56

    Hola, el padre de mi hija, lleva desde que nos separamos, sin pagar una sola mensualidad, ya van cerca de 12.000€, todos estos años, las estoy pasando canutas para sobrevivir y el padre no ha querido pagar nunca, ya que por lo civil, no hay forma de que le embarguen nada, ya que va dejando de trabajar cada x meses, para que no le enganchen, he ido al juzgado de guardia a denunciarlo por lo penal y me han comentado, que ya no es delito, que han modificado la ley hace poco y por lo tanto que no lo puedo denunciar por lo penal, cuando se ha modificado la ley y es verdad que no puedo hacer nada, vivo en Barcelona, no se si será la misma ley para toda España.
    Gracias

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      29/04/2017 en 20:31

      Estimada Lorena, me sorprende mucho que en el Juzgado de Guardia le hayan dicho que el impago de pensiones ya no es delito, el Código Penal es igual en todo el territorio nacional y el impago de pensiones sí que es delito, encontrándose tipificado en los artículos 226 y siguientes del Código Penal. Saludos y gracias por su comentario.

      Responder
  2. Mercedes Vicente sanchez dice

    24/01/2017 en 21:33

    Los padre que se pelean por una pensión no saben el daño
    Que hacen a sus hijos, a mí en 20 años me han pasado 10 meses, él me decía que no podía y yo me lo he corrido siempre, mendigar 200 euros no merece la pena, los crios ven cosas que no metece la pena esto les marca más que vivir con lo justo,
    El único problema que ha tenido mi hija en este caso que ha estado mucho tiempo sola yo trabajaba 16 horas diarias.
    Los padres al final pagan sus condenas sin ir a un juzgado, cuando son mayores los hijos no los miran, y eso sí es condena, el cariño de un hijo no tiene precio y el que ellos no sufran todavía menos, yo pediría una pensión si estuviera enferma o un problema gordísimo y no pudiera trabajar, pero suplicar a un padre la comida de un hijo jamás, tarde o temprano lo pagan esa es la peor condena «para el que tiene conciencia claro» estoy súper orgullosa de no haber suplicado nada de haber sacado a mi hija adelante sola y de pensar
    Qué mi hija tiene un padre pero que su madre ha hecho lo que ha hecho por qué su padre nunca quiso pasar un duro » anda y que les den» luego mantienen a los hijos de las pareja nueva y sus propios hijos no los quieren ni ver

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      25/01/2017 en 01:03

      Estimada Mercedes, sinceramente es algo que le honra que pudiendo haber denunciado al padre de su hija por impago de pensiones no lo haya hecho. Muchas gracias por su comentario. Saludos.

      Responder
  3. rocio dice

    16/09/2016 en 22:11

    Buenas noches. Mi marido tiene un hijo de su anterior matrimonio el cual va a ver y el niño apena esta cinco minutos con el x que pasa del padre . Mi marido tuvo problemaseconomicos y le archivaron la deuda de la manuntencion alimenticia . El niño ahora se la reclama. Tiene obligacion de pagarsela?

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      16/09/2016 en 23:37

      Estimada Rocio, necesitara más detalles para darle una respuesta, ya que hay varias cuestiones que me llaman la atención de su comentario, como por ejemplo que le archivaron la deuda o ahora el niño se la reclama. Saludos.

      Responder
  4. Alfredo Suárez dice

    06/10/2015 en 10:08

    Yo voy en camino, no puedo acceder al mi taller de trabajo anexo al domicilio. Ni siquiera puedo retirar los materiales contenidos en él, con lo que me condenan a la ruina absoluta. Si a alguien se le ocurre una solución,….

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      09/10/2015 en 01:48

      Estimado Alfredo:

      En mi opinión tiene que pedir al juzgado que se señale día y hora para que pueda acceder a su taller y retirar sus materiales, aunque sea acompañado de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado -policía, guardia civil, etc-

      Saludos y gracias por su comentario

      Responder
  5. N dice

    17/04/2015 en 17:20

    Gran luchador .gran padre y gran persona.creo conocer a esta persona .la conoci durante su huelga de hambre .en su dia 45.me alegro de la noticia.

    Responder
    • Raul dice

      01/05/2015 en 20:33

      Mis respetos al Letrado, su proceder con las causas justas enaltecen su profesión.

      Responder

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