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Derecho de familia y penal

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ESTADO DE ALARMA: RECOPILACIÓN POR PROVINCIAS DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LOS JUZGADOS DE FAMILIA

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28/03/2020 - 10 comentarios

En este espacio encontraran recopilados por provincias todos los acuerdos que, en materia de régimen de visitas y custodia compartida, se vayan adoptando por los juzgados de familia y violencia sobre la mujer con motivo del estado de alarma decretado por el gobierno a raíz del Coronavirus / Covid-19.

Con carácter previo especial mención merece el acuerdo adoptado por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en sesión extraordinaria celebrada el día 20 de marzo de 2020, en el que se concluye que «… corresponde al juez decidir en cada caso sobre la modificación del régimen de custodia, visitas y estancias acordado en los procedimientos de familia.»

Es decir, en vez de adoptar un acuerdo de aplicación en todo el territorio nacional, lo que hubiera permitido unificar criterios, se deja en manos de cada juzgado de familia y/o juzgado de violencia sobre la mujer la decisión sobre los regímenes de visitas y guardas y custodias compartidas.

Más información en:

Acuerdo de fecha 20 de marzo de 2020 adoptado por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial

 

Así mismo especial mención merece la «Nota de Servicio» de la Unidad de Violencia sobre la Mujer de la Fiscalía General del Estado de fecha 22 de marzo de 2020, emitida al objeto de «… favorecer la unidad de actuación y respuesta del MF en estos casos, -el ejercicio del régimen de visitas del progenitor no custodio acordado por un Juzgado de Violencia sobre la Mujer» cuyo interés radica en que los criterios que en la misma se contienen son de aplicación en todo el territorio nacional.

Más información en:

Nota de Servicio de fecha 22 de marzo de 2020 de la Fiscalía General del Estado – Unidad de Violencia sobre la Mujer

 

ACUERDOS POR PROVINCIAS:

 

1. ÁLAVA

01. Acuerdo de fecha 23 de marzo de 2020 de los Juzgados de Familia de Vitoria Gaseiz

Comentario: Señalan que la declaración del estado de alarma no legitima el incumplimiento de las resoluciones judiciales, de lo que cabe deducir que hay que cumplir los regímenes de visitas y las guarda y custodias acordadas.

 

2. ALBACETE

02. Criterios de fecha 18 de marzo de 2020 del Juez Decano y Juzgados de Familia de Albacete

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas  bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar.

 

3. ALICANTE

03.1 Acuerdo de fecha 23 de marzo de 2020 adoptado por la Junta de Jueces Sectorial de Alicante

Comentario: Se mantienen los regímenes de guarda y custodia compartida que deberán cumplirse, pero se suspenden los regímenes de visitas así como las visitas  bajo supervisión o con intervención del Punto de Encuentro Familiar por estar estos cerrados desde el día 16 de marzo de 2020.

03.2 Acuerdo de fecha 23 de marzo de 2020 de los Jueces de 1.ª Instancia de Orihuela

Comentario: Se mantienen los regímenes de guarda y custodia compartida que deberán cumplirse, pero se suspenden los regímenes de visitas así como las visitas  bajo supervisión o con intervención del Punto de Encuentro Familiar por estar estos cerrados desde el día 16 de marzo de 2020.

03.3 Acta de fecha 30 de marzo de 2020 de la Junta de Jueces del partido judicial de Ibi

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y de guarda y custodia compartida que deberán cumplirse, salvo los regímenes de visitas que se lleven a cabo con intervención o supervisión del Punto de Encuentro Familiar por estar estos cerrados desde el día 16 de marzo de 2020.

03.04 Acta de fecha 4 de mayo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de Familia y Violencia sobre la Mujer de Alicante

Comentario: Se reanudan los regímenes de visitas en el momento que se pase a la Fase 1 en la provincia de Alicante. Las visitas intersemanales no disfrutadas NO se recuperan, al igual que las vacaciones de Semana Santa, mientras que los fines de semana no disfrutados se recuperan en parte. En los casos de custodia compartida se recuperaran las semanas no disfrutadas en su integridad.

 

4. ALMERÍA

 

5. ÁVILA

 

6. BADAJOZ

 

7. BALEARES, ISLAS

07.1 Acta de fecha 23 de marzo de 2020 de la Junta de Jueces de Maó

Comentario: Señalan que la declaración del estado de alarma no legitima el incumplimiento de las resoluciones judiciales, de lo que cabe deducir que hay que cumplir los regímenes de visitas y las guarda y custodias acordadas; pero suspende los regímenes de visitas que se llevan a cabo a través del Punto de Encuentro.

 

8. BARCELONA

08.1 Acuerdo de fecha 18 de marzo de 2020 adoptado por los Juzgados de familia de Barcelona

Comentario: Señalan que la declaración del estado de alarma no legitima el incumplimiento de las resoluciones judiciales, de lo que cabe deducir que hay que cumplir los regímenes de visitas y las guarda y custodias acordadas.

08.1 bis Acuerdo de fecha 24 de marzo de 2020 de unificación de criterios de los juzgados de familia de Barcelona

Comentario: Este es el segundo acuerdo que adoptan los juzgados de familia de Barcelona, reiteran lo acordado en el anterior acuerdo de fecha 18 de marzo de 2020 e introducen dos novedades:

a) Que si un progenitor presenta síntomas de contagio o da positivo en las pruebas del Coronavirus/Covid-19, en interés de los hijos y para evitar su propagación, la guarda y custodia la ostentará en todo caso el otro progenitor.

b) Este acuerdo será de aplicación hasta que se deje sin efecto el estado de alarma.

08.2 Acuerdo de fecha 20 de marzo de 2020 de los Juzgados de Familia de Tarrasa

Comentario: Es un acuerdo muy ambiguo, aunque cabe deducir que los regímenes de visitas deben cumplirse, de hecho en el mismo se hace referencia a que «…, una vez alzada la declaración del estado de alarma o, en su caso, su prórroga, …» se tramitaran las ejecuciones.

08.3 Acuerdo de fecha 24 de marzo de 2020 de los Juzgados de Cerdanyola del Valles

Comentario: Se acuerda que los menores quedaran con el progenitor custodio y en los casos de custodias compartidas con el progenitor con el que esté el menor en ese momento -no aclara a que momento se refiere ¿momento de decretarse el estado de alerta? ¿momento de acordarse ese acuerdo?-.

Muy importante: Se que acuerda que si un progenitor presenta síntomas de contagio o da positivo en las pruebas del Coronavirus/Covid-19, en interés de los hijos y para evitar su propagación, la guarda y custodia la ostentará en todo caso el otro progenitor.

08.4 Acuerdo de fecha 19 de marzo de 2020 de los Juzgados de Vilanova i la Geltrú

Comentario: Señalan que la declaración del estado de alarma no legitima el incumplimiento de las resoluciones judiciales, de lo que cabe deducir que hay que cumplir los regímenes de visitas y las guarda y custodias acordadas.

Muy importante: Se que acuerda que si un progenitor presenta síntomas de contagio o da positivo en las pruebas del Coronavirus/Covid-19, en interés de los hijos y para evitar su propagación, la guarda y custodia la ostentará en todo caso el otro progenitor.

08.5 Acta de fecha 20 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de los Jueces de Familia del partido judicial de Mataro

Comentario: Se acuerda que los menores quedaran con el progenitor custodio y en los casos de custodias compartidas con el progenitor con el que esté el menor en ese momento -no aclara a que momento se refiere ¿momento de decretarse el estado de alerta? ¿momento de acordarse ese acuerdo?-.

Muy importante: Se que acuerda que si un progenitor presenta síntomas de contagio o da positivo en las pruebas del Coronavirus/Covid-19, en interés de los hijos y para evitar su propagación, la guarda y custodia la ostentará en todo caso el otro progenitor.

08.6 Acta de fecha 25 de marzo de 2020 de la Junta de Jueces de Rubí

Comentario: Señalan que la declaración del estado de alarma no implica la suspensión la suspensión de las medidas sobre regímenes de custodia y visitas de hijos menores, de lo que cabe deducir que hay que cumplir los regímenes de visitas y las guarda y custodias acordadas, aunque a continuación acuerda que las ejecuciones se tratarán de forma «flexible.»

Muy importante: Se que acuerda que si un progenitor presenta síntomas de contagio o da positivo en las pruebas del Coronavirus/Covid-19, en interés de los hijos y para evitar su propagación, la guarda y custodia la ostentará en todo caso el otro progenitor.

08.7 Acuerdo de fecha 23 de marzo de 2020 de los Jueces de Familia de Sabadell

Comentario: Señalan que la declaración del estado de alarma no legitima el incumplimiento de las resoluciones judiciales, de lo que cabe deducir que hay que cumplir los regímenes de visitas y las guarda y custodias acordadas.

Muy importante: Se que acuerda que si un progenitor presenta síntomas de contagio o da positivo en las pruebas del Coronavirus/Covid-19, en interés de los hijos y para evitar su propagación, la guarda y custodia la ostentará en todo caso el otro progenitor.

 

9. BURGOS

09. Acuerdo de fecha 20 de marzo de 2020 del Juzgado de Familia de Burgos

Comentario: A falta de acuerdo entre los progenitores se suspenden los regímenes de visitas, las visitas intersemanales así como los regímenes de visitas reconocidos a los abuelos; se mantienen las custodias compartidas. Una vez que finalice el estado de alarma «…, la compensación o recuperación temporal a que hubiere lugar.»

 

10. CÁCERES

 

11. CÁDIZ

11. Acta de fecha 18 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de Primera Instancia de Cádiz

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta y aquellos regímenes de visitas bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar.

 

12. CASTELLÓN

12. Criterios orientativos de los Jueces de Familia de Castellón

Comentario: Se mantienen los regímenes de guarda y custodia compartida que deberán cumplirse, pero se suspenden los regímenes de visitas así como las visitas  bajo supervisión o con intervención del Punto de Encuentro Familiar.

 

13. CIUDAD REAL

 

14. CÓRDOBA

14.2 Comunicado de fecha 24 de marzo de 2020 del Juzgado Decano de Lucena

Comentario: No acuerda expresamente que se suspendan los regímenes de visitas y custodias compartidas pero acuerda que no se despachara ejecución por incumplimiento derivado del confinamiento domiciliario, por lo tanto debemos deducir que se suspenden los regímenes de visitas y de custodia compartida.

 

15. CORUÑA, A

15.02 Acuerdo de fecha 20 de marzo de 2020 del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción de Arzua

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta y las visitas bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar; así mismo, acuerda que en los casos que se haya acordado una orden de protección en el ámbito de la violencia sobre la mujer se suspenderá el régimen de visitas.

Muy importante: Se acuerda que si un progenitor presenta síntomas de contagio o da positivo en las pruebas del Coronavirus/Covid-19, en interés de los hijos y para evitar su propagación, la guarda y custodia la ostentará en todo caso el otro progenitor.

 

16. CUENCA

 

17. GERONA

17. Acta de fecha 22 de marzo de 2020 de los Jueces de Familia de Gerona

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta y las visitas bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar; así mismo, acuerda mantener la distribución de las vacaciones de Semana Santa.

Muy importante: Se acuerda que si un progenitor presenta síntomas de contagio o da positivo en las pruebas del Coronavirus/Covid-19, en interés de los hijos y para evitar su propagación, la guarda y custodia la ostentará en todo caso el otro progenitor.

 

18. GRANADA

18. Acta de fecha 23 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de Familia y Violencia sobre la Mujer de Granada

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta; se acuerda que las visitas con entrega y recogida en el Punto de Encuentro Familiar si cierra se llevaran a cabo en el domicilio del progenitor que finalice su estancia y si hay medida de alejamiento a través de una persona mayor de edad designada por cualquier de los progenitores.

 

19. GUADALAJARA

 

20. GUIPÚZCOA

 

21. HUELVA

 

22. HUESCA

22. Acta de fecha 17 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de 1.ª Instancia e Instrucción de Huesca

Nota: Los Juzgados de Huesca se adhieren a lo acordado por los Juzgados de Zaragoza.

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales así como las visitas bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar.

 

23. JAÉN

23.2 Acta de fecha 19 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces del Partido Judicial de Linares

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta y aquellos regímenes de visitas bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar.

 

24. LEÓN

 

25. LÉRIDA

 

26. LOGROÑO

26. Acuerdo de fecha 19 de marzo de 2020 adoptado por el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 1 de Logroño

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta y aquellos regímenes de visitas bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar.

 

27. LUGO

 

28. MADRID

28.2 Acuerdo de fecha 23 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de 1.ª Instancia de Torrejón de Ardoz

Comentario: No acuerda expresamente que se suspendan los regímenes de visitas y custodias compartidas pero acuerda que no se despachara ejecución por incumplimiento derivado del confinamiento domiciliario. Una vez que finalice el estado de alarma se deberá el tiempo de convivencia no desarrollado por el progenitor que no ha tenido consigo a los menores.

 

29. MÁLAGA

29.1 Acuerdo de fecha 18 de marzo de 2020 de los Jueces de familia del partido judicial de Málaga

Comentario: Se suspenden los regímenes de visitas y custodias compartidas. Una vez que finalice el estado de alarma procederá la compensación por los días que uno de los progenitores no haya podido disfrutar de la compañía de su hijo o hijos.

29.2 Acta de fecha 19 de marzo de 2020 de la Junta de Jueces de Vélez-Málaga

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta y aquellos regímenes de visitas bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar.

29.3 Acta de fecha 20 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de 1.ª Instancia de Marbella

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta y aquellos regímenes de visitas bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar. Se acuerda con carácter urgente las ejecuciones por incumplimiento del régimen de visitas.

29.4 Acta de fecha 26 de marzo de 2020 de la Junta General Extraordinaria del partido judicial de Coín

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta y aquellos regímenes de visitas bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar.

Muy importante: Se acuerda que si un progenitor presenta síntomas de contagio o da positivo en las pruebas del Coronavirus/Covid-19, en interés de los hijos y para evitar su propagación, la guarda y custodia la ostentará en todo caso el otro progenitor.

29.5 Acta de fecha 25 de marzo de 2020 de la Junta General Extraordinaria del partido judicial de Estepona

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta y aquellos regímenes de visitas bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar.

Muy importante: Se acuerda que si un progenitor presenta síntomas de contagio o da positivo en las pruebas del Coronavirus/Covid-19, en interés de los hijos y para evitar su propagación, la guarda y custodia la ostentará en todo caso el otro progenitor.

29.6 Acuerdo de fecha 24 de marzo de 2020 de los Jueces de 1.ª Instancia del partido judicial de Torremolinos

Comentario: No acuerda expresamente que se suspendan los regímenes de visitas y custodias compartidas pero acuerda que no se despachara ejecución por incumplimiento derivado del confinamiento domiciliario. Una vez que finalice el estado de alarma se deberá el tiempo de convivencia no desarrollado por el progenitor que no ha tenido consigo a los menores, en caso de no alcanzarse estos acuerdos se podrán imponer las costas de la ejecución.

 

30. MURCIA

30.1 Acta de fecha 18 de marzo de 2020 de la Junta de Jueces de Familia, Tutelas e Incapacidades de Murcia

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas  bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar.

30.2 Acta de fecha 20 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial Extraordinaria de Jueces de Familia de Cartagena

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta y aquellos regímenes de visitas bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar.

 

31. NAVARRA

31. Acta de fecha 18 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de Familia y Violencia sobre la Mujer de Pamplona

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta y aquellos regímenes de visitas bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar.

 

32. OURENSE

32. Acuerdo Gubernativo del Magistrado Decano de los Juzgados de Orense

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas  bajo supervisión y los regímenes de visitas con entrega y recogida en el Punto de Encuentro Familiar.

 

33. OVIEDO

33.2 Acuerdo de fecha 16 de marzo de 2020 de los Jueces de Familia de Gijón

Comentario: Se suspenden los regímenes de visitas mientras dure el estado de alarma y se mantienen los regímenes de custodia compartida.

33.3 Acuerdo de fecha 11 de mayo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de Familia de Gijón

Comentario: Se deja sin efecto la suspensión acordada de los regímenes de visitas y las visitas intersemanales. Se mantiene la suspensión de los regímenes de visitas en que interviene el Punto de Encuentro Familia así como de los que implican un desplazamiento interprovincial hasta que dichos desplazamientos sean permitidos por las autoridades sanitarias.

 

34. PALENCIA

34. Acuerdo de fecha 23 de marzo de 2020 de la Magistrada Juez Decana de Palencia

Comentario: Se suspenden los regímenes de visitas y custodia compartida mientras dure el estado de alarma.

 

35. PALMAS, LAS

35. Acta de fecha 23 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de Familia de Las Palmas de Gran Canaria

Comentario: Es un acuerdo muy ambiguo, por un lado se «aconseja» «…, en defecto de acuerdo en contrario entre los progenitores, la suspensión temporal de los mismos», y por otro lado se advierte que el incumplimiento de las resoluciones judiciales podrá dar lugar al correspondiente procedimiento de ejecución.

 

36. PONTEVEDRA

36.2 Acta de fecha 25 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de Familia de Vigo

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se recomienda suspender las visitas intersemanales sin pernocta.

 

37. SALAMANCA

37. Acuerdo de fecha 19 de marzo de 2020 adoptado por el Juzgado de 1.ª Instancia n.º 8 de Salamanca 

Comentario: Se suspenden los regímenes de visitas mientras dure el estado de alarma.

 

38. SANTA CRUZ DE TENERIFE

38. Acuerdo para la unificación de criterios judiciales en materia de familia en la provincia de Santa Cruz de Tenerife

Comentario: Como norma general se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, suspendiéndose aquellos que impliquen traslados del menor a otra isla o provincia o supongan la intervención del Punto de Encuentro Familiar.

 

39. SANTANDER

 

40. SEGOVIA

 

41. SEVILLA

41. Acuerdo de fecha 21 de marzo de los Jueces de Familia de Sevilla

Comentario: Es un acuerdo muy ambiguo, por un lado se fía todo a la buena voluntad de las partes y por otro se acuerda que «…, no se despachará ejecución por supuestos incumplimientos derivados del confinamiento domiciliario …», lo cual a buen seguro dará pie a abusos.

 

42. SORIA

 

43. TARRAGONA

08.1 Acuerdo de fecha 18 de marzo de 2020 adoptado por los Juzgados de familia de Barcelona

Nota: Los Juzgados de Tarragona se adhieren a lo acordado por los Juzgados de Barcelona.

Comentario: Por lo tanto, como se ha expuesto anteriormente, la declaración del estado de alarma no legitima el incumplimiento de las resoluciones judiciales, de lo que cabe deducir que hay que cumplir los regímenes de visitas y las guarda y custodias acordadas.

 

44. TERUEL

 

45. TOLEDO

45. Acta de fecha 18 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de 1.ª Instancia e Instrucción de Toledo

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales y aquellos regímenes de visitas con entrega y recogida en el Punto de Encuentro Familiar.

 

48. VALENCIA

48. Acta de fecha 25 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de Familia de Valencia

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales y aquellos regímenes de visitas con entrega y recogida en el Punto de Encuentro Familiar. Aclara que el periodo de alarma no se puede asimilar a vacaciones escolares.

 

49. VALLADOLID

49. Acuerdo de fecha 19 de marzo de 2020 adoptado por la Junta sectorial de Jueces de Familia y Violencia sobre la Mujer de Valladolid

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales y aquellos regímenes de visitas con entrega y recogida en el Punto de Encuentro Familiar.

 

50. VIZCAYA

50. de fecha 2 de abril de 2020 de la Junta de Jueces Sectorial Mixta de Bilbao

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y de guarda y custodia compartida que deberán cumplirse, salvo los regímenes de visitas que se lleven a cabo con intervención o supervisión del Punto de Encuentro Familiar.

 

51. ZAMORA

 

52. ZARAGOZA

50.1 Acta de fecha 16 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de Familia de Zaragoza

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales así como las visitas bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar.

50.2 Acta de fecha 17 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de los Jueces de Violencia sobre la Mujer de Zaragoza

Comentario: Se mantienen los regímenes de visitas y custodias compartidas, pero se suspenden las visitas intersemanales así como las visitas bajo supervisión en el Punto de Encuentro Familiar.

50.3 Acta de fecha 25 de marzo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de Familia y Violencia sobre la Mujer de Zaragoza

Comentario: Como novedad a los anteriores acuerdos incorpora «… la suspensión del régimen de visitas vacacionales de Semana Santa  …» así como «… la suspensión del régimen de visitas establecido en resolución judicial a favor de los abuelos,  …»

52.4 Acta de fecha 13 de mayo de 2020 de la Junta Sectorial de Jueces de Familia y Violencia sobre la Mujer de Zaragoza

Comentario: Se deja sin efecto la suspensión de las visitas intersemanales sin pernocta y de las visitas tuteladas en los puntos de encuentro familiar.

 

53. CEUTA

 

54. MELILLA

 

 

Más información sobre el cumplimiento del régimen de visitas / custodia compartida en:

«ESTADO DE ALARMA E INCUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE VISITAS / CUSTODIA COMPARTIDA»

«ESTADO DE ALARMA E IMPAGO DE PENSIONES DE ALIMENTOS»

«RETOS DE LOS JUZGADOS DE FAMILIA TRAS EL ESTADO DE ALARMA»

 

 

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Comentarios

  1. Carmen dice

    07/04/2020 a las 22:48

    Buenas noches, en Jaén el acta que hay es de Linares, sirve para las sentencias con régimen de visitas en Jaén capital. Gracias un saludo

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      10/04/2020 a las 19:00

      En la provincia de Jaén solo tengo el Acta de Linares, que solo es de aplicación para el partido judicial de Linares. Saludos Carmen

      Responder
  2. Juan Luis dice

    06/04/2020 a las 16:35

    Hola, en el acuerdo de Barcelona-Tarrassa, en el punto tercero, indica que «el sistema de responsabilidad
    parental deberá ser ejercido por el progenitor custodio «. Eso indica que puede suspender las visitas unilateralmente sin obligarse a llegar a un acuerdo. ¿Es así?

    En el caso de contagio de COVID-19, ¿tiene la obligación el progenitor custodio de informar al otro de esto? ¿Si no es así o siendo obligatorio, no lo hace. ¿Como podemos saberlo fehacientemente?

    Todo esto teniendo en cuenta que la relación esta totalmente judicializada y todo intento de acuerdo es bloqueado por el progenitor custodio.

    Muchas gracias.

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      10/04/2020 a las 19:04

      Como digo en el comentario, es un acuerdo muy ambiguo el de Tarrassa, pero deja claro que cuanto termine el estado de alarma se tramitaran las ejecuciones; respondiendo a su segunda pregunta le diré que no hay ningún acuerdo que obligue a un progenitor a informar al otro sobre su estado de salud y no hay ningún cauce legal para saberlo. Saludos y suerte Juan Luis

      Responder
  3. Rosa moreno dice

    04/04/2020 a las 19:20

    Buenas tardes Felipe,
    ¿ y cómo se contempla el que los niños estén con el progenitor no custodio y encima hemos tenido que pasar las pensiones?
    Mi caso es que están con nosotros sin que se haya pactado nada pues la madre ni siquiera ha preguntado por sus hijas y cuando le hemos dicho de no pasar la pensión pues estamos corriendo con todos los gastos no ha parado de amenazar cómo es algo habitual y hemos tenido que asumir también el pago .
    ¿ no se compensa al menos este tiempo con las vacaciones? Porque en Málaga y Torremolinos en concreto hablan de compensar pero ¿cómo ?
    Gracias

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      10/04/2020 a las 19:07

      En Málaga y Torremolinos los acuerdos hablan de compensar los periodos de tiempo que un menor no ha estado con uno de los progenitores durante el estado de alarma. En cuanto a las pensiones de alimentos no se ha acordado nada en ningún acuerdo ni norma, si tiene a los niños usted es lógico que no pague la pensión de alimentos, pero si la otra parte ejecuta sentencia, es un misterio lo que pueda acordar el juzgado, el sentido común me dice que si se acredita que los menores han estado con el obligado al pago, no se despache ejecución, pero, lamentablemente el sentido común es el menos común de los sentidos cuando se entra en un juzgado. Saludos

      Responder
  4. BERNARDO dice

    29/03/2020 a las 18:55

    HOLA, ME GUSTARÍA SABER QUE PASA CON ALMERÍA, YA QUE EL PEF ESTA CERRADO.
    Y SI EL JUZGADO DE ALMERIA TIENE OBLIGACIÓN DE HACER ACTA…. IGUAL QUE HE VISTO EN VUESTRA PUBLICACIÓN DEL RESTO DE PROVINCIAS.
    GRACIAS.

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      03/04/2020 a las 20:01

      Hola Bernardo, de momento no me consta que en Almería se haya acordado nada al respecto, en todo caso te puedo decir que la mayoría de juzgados que se han pronunciado han suspendido las visitas bajo supervisión en el PEF y, para aquellos casos en los que la entrega y recogida era en el PEF han acordado que se haga en el domicilio del progenitor custodio. Realmente no hay obligación de que todos los juzgados se pronuncien. Saludos

      Responder
    • Álvar dice

      06/04/2020 a las 17:30

      Hola, las provincias en las que no hay nada escrito ¿es porque aún no se han pronunciado o es porque mantienen lo ya establecido en cada sentencia?
      Gracias

      Responder
      • Felipe Mateo dice

        10/04/2020 a las 19:01

        Estimado Álvar, en las provincias que no he publicado acuerdo es porque a mi no me consta que lo hayan publicado, pero puede ser que se haya acordado algo y yo no tenga el acuerdo. Saludos

        Responder

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¿SABÍAS QUE CON SOLO AJUSTAR ALGUNOS PEQUEÑOS GESTOS, TU FORMA DE ESTAR FRENTE A CÁMARA PUEDE CAMBIAR POR COMPLETO?

LOS PADRES «SIN JUSTA CAUSA» NO PUEDEN IMPEDIR A LOS ABUELOS RELACIONARSE CON LOS NIETOS

CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN «AUTOMÁTICA» DEL ARTÍCULO 94 DEL CÓDIGO CIVIL –TRES CASOS REALES–

EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES, ¿QUIÉN PAGA LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE LOS HIJOS?

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¿SABÍAS QUE CON SOLO AJUSTAR ALGUNOS PEQUEÑOS GESTOS, TU FORMA DE ESTAR FRENTE A CÁMARA PUEDE CAMBIAR POR COMPLETO?

28/06/2025

FLORENCIA DE MAIO Licenciada en artes dramáticas & Coach internacional certificada. Especialista en comunicación frente a cámara. www.florenciademaio.com [email protected] Redes: … Leer acerca de ¿SABÍAS QUE CON SOLO AJUSTAR ALGUNOS PEQUEÑOS GESTOS, TU FORMA DE ESTAR FRENTE A CÁMARA PUEDE CAMBIAR POR COMPLETO?

LOS PADRES «SIN JUSTA CAUSA» NO PUEDEN IMPEDIR A LOS ABUELOS RELACIONARSE CON LOS NIETOS

31/05/2025

En el último post publicado en este blog, titulado «Consecuencias de la aplicación “automática” del artículo 94 del Código Civil –tres casos reales–» comenté las «nefastas» consecuencias que estaba … Leer acerca de LOS PADRES «SIN JUSTA CAUSA» NO PUEDEN IMPEDIR A LOS ABUELOS RELACIONARSE CON LOS NIETOS

CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN «AUTOMÁTICA» DEL ARTÍCULO 94 DEL CÓDIGO CIVIL –TRES CASOS REALES–

26/04/2025

El día 3 de septiembre de 2021 entró en vigor la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su … Leer acerca de CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN «AUTOMÁTICA» DEL ARTÍCULO 94 DEL CÓDIGO CIVIL –TRES CASOS REALES–

EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES, ¿QUIÉN PAGA LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE LOS HIJOS?

29/03/2025

Se acerca el fin de curso y con él, para muchos estudiantes, el final del bachillerato y su entrada en la universidad. En el post «Los gastos por estudios universitarios están incluidos dentro de … Leer acerca de EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES, ¿QUIÉN PAGA LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE LOS HIJOS?

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