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LA PERNOCTA EN EL RÉGIMEN DE VISITAS DE MENORES DE 3 AÑOS

Estás aquí: Inicio / Sentencias comentadas / LA PERNOCTA EN EL RÉGIMEN DE VISITAS DE MENORES DE 3 AÑOS

04/11/2015 - 202 comentarios

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La realidad que percibo en mi día a día, es que los hombres cada día están más implicados en la crianza de sus hijos y que el período de lactancia –por razones laborales en la mayoría de los casos– cada día es más corto; sin embargo, cuando las parejas rompen y llegan a los juzgados, parece ser que los padres dejan de ser de «fiar» para cuidar a los niños y que los hijos son lactantes hasta los 3 años o más.

Bebe con papaLa cuestión no es baladí, porque con la excusa de la lactancia el hombre se ve privado de conseguir la custodia y, lo que es peor, de conseguir un régimen de visitas con pernocta.

Sin embargo, cada día los tribunales están reduciendo la edad a partir de la cual los hijos pueden pernoctar con el progenitor no custodio. Si hace tiempo la edad se situaba en los cinco años, para pasar posteriormente a tres, actualmente muchos juzgados y tribunales no ven inconveniente en adelantar la pernocta a edades más tempranas.

En esta línea especial mención merece la Sentencia, de fecha 28 de marzo de 2014, dictada por la Sección 1.ª de la Ilma. Audiencia Provincial de Córdoba,  en la que no ve inconveniente  alguno para que una niña de dieciocho meses pueda pernoctar con el padre.

La madre solicitaba en el recurso que la pernocta comenzase cuando la hija menor hubiese cumplido tres años –en este caso se daba la circunstancia de que existía otro hijo menor que, por su edad, ya estaba pernoctando con el padre durante los fines de semana y vacaciones-.

Pues bien, la sentencia que hoy comentamos, en su Fundamento Jurídico Quinto, concluye que «… se ha de proporcionar a los hijos el mayor contacto posible con sus progenitores en tanto que ello es beneficioso para ellos, y no encontrándose en la menor ni en el padre ninguna circunstancia que desaconseje ese cambio temporal de guarda, y sin que tampoco se pueda presumir ningún tipo de falta de capacidad para atender a la menor, se considera que, ya cumplidos esos 18 meses, puede, junto con su hermano, estar con su padre esos fines de semana alternos tal y como dispone la sentencia apelada, que también en este sentido ha de ser confirmada.»

Es decir, que cuando no concurran circunstancias que desaconsejen la pernocta o se aprecie falta de capacidad en el padre para atender a los hijos, una vez que el menor ha cumplido los 18 meses se puede acordar un régimen de visitas con pernocta.

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Más información en:

Sentencia, de fecha 28 de marzo de 2014, dictada por la Sección 1.ª de la Ilma. Audiencia Provincial de Córdoba

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Comentarios

  1. Laura dice

    20/12/2016 a las 21:07

    Hola, mi pareja lleva divorciado algo más de año y medio, y tiene una niña que acaba de cumplir 3 años, en el convenio que firmaron dice esto:
    «- RÉGIMEN DE VISITAS, ESTANCIAS Y COMUNICACIONES DEL PROGENITOR NO CUSTODIO.- Ambos cónyuges han acordado establecer en favor del conyuge no custodio un régimen de visitas, comunicaciones y estancias con sus hijos menores, que se regirá por los siguientes acuerdos:

    1º.- El no custodio podrá disfrutar de un régimen de visitas y estancias amplio y abierto, pudiendo igualmente comunicar telefónicamente, o por cualquier otro medio, con los menores, y ello con el fin de respetar el derecho de los hijos menores a disfrutar de la compañía de su padre, y a protegerlos éste en todo lo posible, de los efectos negativos del divorcio de sus padres. Ambos progenitores velarán y fomentarán el contacto entre el progenitor no custodio y los menores, conscientes del beneficio que para los mismos supone el contacto con su padre, a los efectos de desarrollar con completa normalidad las habilidades sociales, intelectivas y emocionales de cualquier menor de su edad.

    2º.- Sin embargo, y para el caso de que no exista acuerdo entre los progenitores en relación con este punto, se establece, con carácter supletorio, el siguiente régimen de visitas, estancias y comunicaciones a favor del padre:

    – El progenitor paterno podrá tener a los menores en su compañía los fines de semana alternos, desde la salida de los menores del centro escolar donde lleven a cabo sus estudios (en su defecto, las 18:30 horas) del viernes y hasta las 20:00 horas del domingo, debiendo responsabilizarse del aseo diario, alimentación y estudio de los menores, siendo recogidos y entregados en el domicilio que los mismos tengan con su progenitor materno, o en cualquier otro lugar que ambos cónyuges acuerden, incluso de manera tácita. Este régimen de visitas comenzará a hacerse efectivo desde el momento de la firma del presente documento, correspondiendo al padre disfrutar de la compañía de los hijos menores el primer fin de semana tras la citada firma, alternándose los siguientes fines de semana en la forma establecida.»
    Luego continúa con vacaciones y demás,
    A pesar de lo que dice el convenio la madre le perdió que no pernoctará hasta los tres años, a lo que él accedió , pero sin constar por escrito en ningún sitio,
    A día de hoy el pide tener a su hija los fines de semana alternos, a lo que la madre le dice que no, que es muy pequeña, y esclusas como que duerme en cuna y tiene sus horarios, que se niega a que su hija duerma fuera, que no así a que la recoja por la mañana y la deje a las 20 horas pero nada de dormir, que entonces ella no estaría con la menor ese fin de semana y que no puede ser.

    Mi pregunta es, si ella se niega, cuál sería el procedimiento a seguir?

    Gracias de antemano
    Un saludo

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      04/01/2017 a las 01:53

      Estimada Laura, lo mejor que pueden hacer es ejecutar sentencia inmediatamente. Saludos

      Responder
      • Laura dice

        04/01/2017 a las 13:44

        Gracias por la respuesta
        Un saludo

        Responder
        • Felipe Mateo dice

          05/01/2017 a las 01:03

          De nada Laura, gracias a usted. Saludos.

          Responder
  2. Marcela dice

    14/12/2016 a las 13:45

    Hola mi novio tiene una hija de casi 3 años la cual no lo conoce debido a q la madre no se la ha dejado ver desde q nació e incluso no le puso sus apellidos. Tras demanda judicial y haberse echo prueba de paternidad q da positiva tiene el juicio para la custodia y régimen de visitas; y supongo le pondrán un régimen de visitas progresivo, pero me han dicho q al principio tendrá q ver a su hija estando la madre delante, eso es verdad?y en caso positivo x cuanto tiempo seria???gracias

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      14/12/2016 a las 23:24

      Estimada Marcela, en absoluto, no conozco ningún caso en que en sentencia se acuerde que el régimen de visitas se llevara en presencia de la madre. Si no ha tenido relación con la menor, lo normal es que se establezca un régimen de visitas progresivo, incluso supervisado, pero no por la madre. Saludos.

      Responder
  3. Domingo dice

    06/12/2016 a las 13:49

    Buenas, me llamo Domingo, mi pareja y yo rompimos hace un par de meses y es imposible ponernos de acuerdo en el tema de las visitas de nuestro hijo Antonio de 18 meses, me ofrece que hasta los 5,6 años no pernocte conmigo y hasta entonces solo dos tardes y fines de semana alternos sin pernoctas aferrándose a la lactancia y el apego maternal(se da la circunstancia que soy firme defensor de ambos aspectos,¿pero y la alienación parental o la reducción de la relación paterno-filial?, por lo que me he informado la jurisprudencia es mucho menos beligerante hacia la figura paterna.La mamá me acusa de falta de implicación y de que no seré capaz de cuidar del niño solo pero se da el echo que mi profesión está íntimamente relacionada con la pedagogía y paso mucho tiempo con niños y que incluso en su día solicité menos horas en el trabajo para echarlas con el niño.Actualmente el pequeño lleva 7 meses en la guardería (donde por supuesto no toma pecho y el maestro dice que se está adaptando bien) y duerme sus siestas. Se da la circunstancia que en cómputo de horas paso más tiempo con hijos de otras personas que con el mío.¿Qué hago y qué posibilidades tengo de dormir y tener un reparto de 55-45 en las horas con mi pequeño? Mi hijo Antonio necesita MADRE Y PADRE.

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      06/12/2016 a las 13:55

      Estimado Domingo, no tengas miedo de ir a un procedimiento contencioso, con los datos que me das entiendo que hay motivos para que se te de un régimen de visitas mucho más amplio del que propone la madre. Si no lo has ello ya, presenta urgentemente una petición de medidas provisionales previas a la demanda. Para cualquier duda o aclaración no dudes en contactar directamente conmigo. Saludos.

      Responder
      • Domingo dice

        08/12/2016 a las 17:28

        Gracias por responderme tan pronto, tengo problemas económicos que hace que esté informándome sobre la abogacía de oficio.Me gustaría preguntarle directamente ya que ha sido tan amable y raudo: ¿Qué he de esperar de esas medidas provisionales más o menos(cual es la cuantía de pedirlas)? y por favor me dice usted en función a mi situación personal que debo pedirle a mi abogado de oficio para que sea algo justo y bueno para nuestro hijo? Quiero solicitar lo que sea mejor para mi hijo nada más.¿Por cierto no ve usted muy radical que por tener cierto régimen de lactancia no pueda dormir NUNCA con el niño?, Que hago y a que régimen o tiempo con su padre aspira mi hijo Antonio caballero? Oiga, y de nuevo gracias, realmente no creía que me atendería, ni tan rápido.

        Responder
        • Felipe Mateo dice

          14/12/2016 a las 23:48

          Estimado Domingo, gracias por sus palabras. Sinceramente necesitaría tener más datos para responder las preguntas que me plantea, además no puedo ni debo interferir en el trabajo que está realizando un compañero -su abogado de oficio-. Saludos.

          Responder
  4. Raquel dice

    04/12/2016 a las 14:48

    Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente, tengo un niño de 2 años y otro de 8, estamos en preoceso de divorcio, pero no nos ponemos de acuerdo en la custodia, yo no tengo inconveniente en regular el convenio, que las visitas sean con pernocta y de facilitarle las visitas que el padre crea oportunas, pero consideró que debido a la corta edad del pequeño debería de tener la custodia y cuando madure emocionalmente poder revisar el convenio y ver en ese momento que podemos hacer, siempre me e ocupado de la crianza de mis hijos aunque trabajo, las personas con las que e podido contar para quedarse con ellos cuando no hemos podido son sus abuelos maternos, por parte de la familia de mi marido no e recibido ayuda alguna, quisiera saber qué posibilidad hay de que esto sea así, me gustaría que llegáramos a un acuerdo pero creo q el padre no está por la labor.gracias

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      05/12/2016 a las 01:20

      Estimada Raquel, hay un dato fundamental que no me ha dicho ¿Desde que provincia me escribe? si pertenece a una CCAA donde esté regulada la custodia compartida tendrá menos posibilidades de conseguir una custodia exclusiva. Saludos.

      Responder
      • Es de la comunidad valenciana dice

        05/12/2016 a las 12:16

        Resido en valencia

        Responder
        • Felipe Mateo dice

          05/12/2016 a las 12:44

          Pues teniendo en cuenta que el TC ha declarado inconstitucional la Ley de custodia compartida valenciana, tiene más facil conseguir una custodia exclusiva, aunque esto no quiere decir nada, porque la jurisprudencia del TS cada día es más clara y contundente. Saludos

          Responder
  5. Samuel dice

    17/11/2016 a las 14:40

    Hola, tengo un hijo de dos años y recientemente me he separado (no estaba casado, solo viviamos juntos). La madre de mi hijo no quiere que el niño esté conmigo los fines de semana, solo puedo verlo días sueltos, y ella argumenta que el niño es muy pequeño. Si no llego a un acuerdo, ¿Qué tendría que hacer para poner una demanda para establecer un regimen de visitas? ¿A qué organismo me tengo que dirigir (policia, juzgado,..)? Actualmente no le estoy pasando pensión alimenticia, pero no tengo inconveniente en ello, y también comparto piso con un amigo. No se si esto sería un impedimento para poder disfrutar de mi hijo los fines de semana. Gracias por adelantado por su respuesta

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      20/11/2016 a las 00:28

      Estimado Samuel, lo que tiene que hacer es poner una demanda lo antes posible pidiendo un régimen de visitas, debe presentarla en el juzgado y para ello necesita abogado y procurador. En cuanto a la vivienda, sería recomendable que arrendase una para usted y su hijo, ya que si dice que no tiene piso o que es compartido, igual le ponen problemas. Saludos.

      Responder
  6. Kevin dice

    27/10/2016 a las 10:18

    Hola sabe mi hija tiene 2 meses imedio, me gustaria Saber si mis visitas pueden ser en mi hogar junto con la madre.

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      03/11/2016 a las 01:17

      Estimado Kevin, eso depende de la madre no creo que un Juez acuerde que las visitas se lleven a cabo en el domicilio materno, salvo que lo acuerden ustedes o lo pida una de las partes y la otra no se oponga. Saludos.

      Responder
  7. Antonio dice

    24/10/2016 a las 14:26

    Ola tengan un niño de 6 meses y nunca tomado pecho ya está tomado cereales,verduras y fruta y le pedido a su abogado que quiero que pernocten conmigo ya que mi niño se vale por sí mismo. Qué opinión me podréis dar estoy poco agobiado

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      03/11/2016 a las 01:25

      Estimado Antonio, con seis meses salvo que lo acordéis de mutuo acuerdo dudo que un juez le dé un régimen de visitas con pernocta, con esa edad lo habitual es que se acuerde un régimen de visitas que se vaya ampliando progresivamente. Saludos.

      Responder
  8. Eva dice

    23/10/2016 a las 06:44

    Hola buenas noches Dr. Felipe, mi nombre es Lucia, y mi consulta es:
    Hace unos días me llego una citación para una mediación con el padre de mi hija, mi hija va para un año, aun es lactante ya que muy poco como ya que el no quiere, no hay manera de que coma alimentos solidos, como le decía me citaron para una mediación, yo quería saber de cuantas horas es el régimen de visita? Cuantos días a la semana? Mi hijo desde que lo lleve en mi vientre el padre jamas me paso un peso hasta el día de hoy, yo hasta los 5 meses de vida, se lo dejaba ver, pero el abusaba del «tiempo» x decirlo así (venia a las 2pm y eran las 10pm y no se quería ir, venia todo los diassss!!!) y las veces que venia no me traía ni un peso para los pañales si quiera, nada…!!!! , así hasta los 5 meses de vida de mi hija como le comente se repetía, hasta que me enoje y no se lo permití que lo viera mas hasta el día de hoy que va para un año (en 15 días aproximadamente cumple un año) las veces que venia a verlo yo le decía así como el tiene derechos, también tiene obligaciones y el siempre me argumentaba que «No tenia trabajo» (era mentira si tiene trabajado pero trabajan en negro de encargado de un supermercado) yo aun no tengo abogado, no se que hacer ni a que staff juridico recurrir, x favor necesito su consejo, gracias, disculpe las molestias ocasionadas, saludos, Lucía.

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      03/11/2016 a las 20:34

      Estimada Lucia, por lo que me cuenta intuyo que me escribe desde fuera de España, por lo que no le puedo dar ningún consejo ya que yo solo conozco el ordenamiento Español. Saludos.

      Responder
  9. Jose dice

    20/10/2016 a las 09:04

    Buenos días, mi hija tiene 3 meses y toma biberones. ¿Qué régimen de visitas me corresponde?

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      22/10/2016 a las 19:37

      Estimado José, su hija todavía es muy pequeña, aunque tome biberones le van a decir que es lactante, por lo tanto lo que le corresponde es un régimen de visitas progresivo, ahora tan solo unas horas y conforme vaya creciendo se ira ampliando hasta normalizarse. Saludos.

      Responder
  10. jhonatan dice

    14/10/2016 a las 15:35

    hola mi nombre es jhonatan, mi ex pareja me fue infiel y se llevo a mi nene yo puse mi constancia de abandono de hogar a lo que ella contesto con una denuncia de maltrato psicologico, lo que ahora a me interesa es el regimen de visitas par ami bebe adicional tengo prubeas de su infidelidad abria alguna manera de tener un regimen de dias siendo mi hijo un menor de 10 meses

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      16/10/2016 a las 01:03

      Estimado Jhonatan, tengo la impresión de que me escribe desde fuera de España, por lo tanto lo mejor es que consulte con un abogado en su país. Si el caso fuera en España lo normal es que se fije un régimen de visitas progresivo, dependiendo sobre todo de que el menor sea lactante o no, y que cuando el menor alcance los 18 o 24 meses se introduzcan las pernoctas. Saludos y suerte.

      Responder
  11. graciela dice

    08/10/2016 a las 16:44

    hola!! tengo un hijo de 14 meses y el padre despareció 8 meses y ahora me reclama visitas. como seria? se lo puede llevar como si nada? gracias

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      08/10/2016 a las 18:41

      Estimada Graciela, primero el padre tendrá que acudir a un procedimiento judicial y en el usted podrá alegar lo que estime oportuno, además surgirán derechos para el padre pero también obligaciones. Tranquila que no se lo puede llevar así como si nada. Saludos.

      Responder
  12. Luisina Beccar dice

    22/09/2016 a las 21:02

    Como es el regimen de visitas para una bebe de 7 meses

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      24/09/2016 a las 14:22

      Estimada Luisina, no hay reglas fijas, pero por lo general el régimen de visitas cuando se trata de un bebe de 7 meses es sin pernocta, si además es lactante con muy pocas horas de duración, aunque también se suele acordar una ampliación progresiva conforme vaya cumpliendo meses, hasta introducir las pernoctas. Saludos.

      Responder
  13. VICTOR dice

    21/09/2016 a las 17:03

    BUEN DIA DOCTOR, tengo un hijo de 2 años y 8 meses de edad el cual se encuentra con su madre en este momento, no es lactante desde que nacio, quisiera saber como puedo hacer para solicitar regimen de visita y si podria retirarlo del domicilio y tenerlo un dia a la semana ya que actualmente estoy viviendo a 100 km en mi domicilio actual y la convivencia con su madre no es muy buena. mi horario de trabajo es irregular debido a que soy funcionario policial y no tengo horarios fijos, desde ya muchas gracias..

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      24/09/2016 a las 14:35

      Estimado Víctor, por su forma de expresarse tengo la impresión de que me escribe de fuera de España, por lo que no le puedo ayudar ya que yo solo conozco las leyes españolas. Si me escribe desde España mi consejo es que ponga una demanda pidiendo un régimen de visitas. Saludos y suerte.

      Responder
  14. ANTONIO RUBIO MENDOZA dice

    19/09/2016 a las 21:27

    que tal debido a un problema con mi suegra me separe de mi esposa y pretendo la demanda de regimen de visita y alimentos mis hijos son de 2 años y el otro de 11 meses queria saber aproximadamente cuanto dura el juicio y un aproximado del tiempo q me dejen convivir con ellos

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      24/09/2016 a las 14:41

      Estimado Antonio, el proceso depende del juzgado, no va igual de rápido Madrid que Zaragoza por ponerle un ejemplo. En cuanto al tiempo que le dejen vivir con los menores, depende de lo que usted pida y se le de, aunque el pequeño todavía no tiene un año el tiempo corre a su favor, pero como mínimo entiendo que fines de semana alternos, una o dos tardes entre semana y mitad de periodos vacacionales. Saludos y suerte.

      Responder
  15. Jessica veladquez dice

    02/09/2016 a las 04:27

    Buenas noches si mi bebé tiene siete meses es lactante llevo mi caso aún juzgado de familia, el regen de visitas sería cada quince días , o cuantas horas puede el Papa estar con mi bebe y si yo debo estar presente en las vicitas

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      04/09/2016 a las 23:23

      Estimada Jessica Veladquez, con un lactante de siete meses el régimen de visitas no ira más allá de unas horas al día, sin pernocta. Eso sí, se puede establecer un régimen de visitas progresivo de forma que cuando llegue a los 18 o 24 meses ya se vaya introduciendo la pernocta. Saludos.

      Responder
  16. Ezequiel dice

    21/08/2016 a las 21:55

    Hola, quisiera consultar por un régimen de visitas para un menor lactante de 1 mes. Soy el padre de este niño y quisiera poder retirarlo a mi hogar para que comparta tiempo con mi familia también pero la madre no me lo permite por mas lapso de tiempo corto que le proponga. Necesitaría que me asesoren sobre que puedo hacer y que camino seguir para obtener un régimen acorde a la situación. Muchas Gracias, Saludos!

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      22/08/2016 a las 01:41

      Estimado Ezequiel, sinceramente con un lactante de tan solo un mes poco se puede hacer, mi consejo es que presente una demanda solicitando que le concedan un régimen de visitas que, dada la edad del menor, obligatoriamente deberá ser progresivo, y en este momento de muy pocas horas, ya que con este tiempo si algo necesita es el pecho de la madre. Saludos.

      Responder
  17. gisel dice

    09/08/2016 a las 20:45

    Hola mi bebe tiene 17 meses y su papa lo quiere llevar… Y todavía toma teta en general cuantos dias y cuantas hs se le da mas o menos a papa para que se lo lleve (tiene relación con su papa) por favor espero su respuesta gracias

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      18/08/2016 a las 01:15

      Estimada Gisel, con 17 meses el niño puede tomar pecho pero entiendo que ya tomara otros alimentos, por lo tanto si el padre lo solicita se le puede dar un amplio régimen de visitas aunque sea progresivo y en un principio sin pernocta. Saludos.

      Responder
  18. Ester dice

    27/06/2016 a las 16:25

    Hola. Estoy en pleno proceso de divorcio con mi bebé de 7 meses y medio. Sigue con la lactancia prácticamente todo el día aunque ya ha empezado a comer papilla. Pero por las noches sigue despertandose para dormir. Por favor, necesito su orientación profesional porque el padre no está demostrando interés por el menor y yo aunque quiero que mantenga una buena relación con su hijo, me gustaría saber que régimen de visitas establece la ley para dicha edad,la pernocta y vacaciones también cuando empezarían. Gracias

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      04/07/2016 a las 23:33

      Estimada Ester, la ley no establece ningún régimen de visitas en particular, pero en la práctica con 7 meses los regímenes de visitas suelen ser sin pernocta, sobre todo si todavía son lactantes. Lo normal es que se establezca un régimen de visitas progresivo. Saludos y gracias por su comentario.

      Responder
  19. Laura dice

    03/05/2016 a las 20:52

    En el caso de que el padre solicite fines de semana alternos desde viernes por la noche y regresarlo los domingos por la tarde, en un lactante de 13 meses al que no ve ni convive desde hace 6 meses, que puntos se podrán abordar para solo establecer un horario de visitas sin que tenga que pasar la noche con el padre hasta que sea un poco mayor.

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      15/05/2016 a las 12:38

      Estimada Laura, si el niño es lactante basta con esa circunstancia -hay que alegarla y probarla- para que el régimen de visitas de momento sea sin pernocta; aunque solo temporalmente. Saludos y gracias por su comentario.

      Responder
  20. Ane dice

    10/11/2015 a las 12:09

    Por lo tanto, ¿cuántos años tiene que tener un menor para que se conceda una custodia compartida? El caso que me preocupa es el de un matrimonio en proceso de divorcio con un hijo de 4 y otro de 1, este último ya no es lactante. Ambos padres trabajan, aunque la madre se ha pedido una reducción de jornada por lo que puede pasar más tiempo con los pequeños, sin embargo el padre quiere luchar por una custodia compartida.

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      10/11/2015 a las 20:06

      Estimada Ane,

      La ley no concreta una edad para que se pueda conceder una custodia compartida; de todos modos la cuestión principal en su caso será probar que en este caso el hijo de un año no es lactante.

      Saludos y gracias por su comentario

      Responder
      • Rocio dice

        19/04/2017 a las 16:20

        Buenas tardes quisiera saber si un juez podria obligarme a que mi bebe de 4 meses que bebe biberon y se despierta por las noches pernotara con su padre los fines de semana

        Responder
        • Felipe Mateo dice

          30/04/2017 a las 00:45

          Estimada Rocio, lo normal es que no, pero hágase a la idea que a partir de los 12/18 meses se establezca un régimen de visitas progresivo con pernocta incluida. Saludos

          Responder
          • Lorena maria dice

            13/01/2018 a las 19:00

            si un niño de 7 meses no es lactado por la madre, puede llevárselo el padre los fines de semana?

          • Felipe Mateo dice

            14/01/2018 a las 03:09

            Estimada Lorena, la cuestión que usted plantea sinceramente no se puede responder con un sí o con un no, ya que todo es cuestión de matices; por lo general es difícil que con 7 meses se otorgue un régimen de visitas con pernocta, pero lo cierto es que a partir del año se esta introduciendo en muchos casos. En todo caso, respondiendo a su pregunta le diré que puede que sí y puede que no. Saludos.

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LOS PADRES «SIN JUSTA CAUSA» NO PUEDEN IMPEDIR A LOS ABUELOS RELACIONARSE CON LOS NIETOS

31/05/2025

En el último post publicado en este blog, titulado «Consecuencias de la aplicación “automática” del artículo 94 del Código Civil –tres casos reales–» comenté las «nefastas» consecuencias que estaba … Leer acerca de LOS PADRES «SIN JUSTA CAUSA» NO PUEDEN IMPEDIR A LOS ABUELOS RELACIONARSE CON LOS NIETOS

CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN «AUTOMÁTICA» DEL ARTÍCULO 94 DEL CÓDIGO CIVIL –TRES CASOS REALES–

26/04/2025

El día 3 de septiembre de 2021 entró en vigor la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su … Leer acerca de CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN «AUTOMÁTICA» DEL ARTÍCULO 94 DEL CÓDIGO CIVIL –TRES CASOS REALES–

EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES, ¿QUIÉN PAGA LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE LOS HIJOS?

29/03/2025

Se acerca el fin de curso y con él, para muchos estudiantes, el final del bachillerato y su entrada en la universidad. En el post «Los gastos por estudios universitarios están incluidos dentro de … Leer acerca de EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES, ¿QUIÉN PAGA LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE LOS HIJOS?

«SOLO» EL 23 % DE LAS DENUNCIAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO ACABAN EN CONDENA, Y LA MITAD DE ESAS CONDENAS SON CON LA CONFORMIDAD DEL ACUSADO

22/02/2025

El pasado día 28 de diciembre de 2024 se cumplieron veinte años de la aprobación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de … Leer acerca de «SOLO» EL 23 % DE LAS DENUNCIAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO ACABAN EN CONDENA, Y LA MITAD DE ESAS CONDENAS SON CON LA CONFORMIDAD DEL ACUSADO

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