• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Saltar al pie de página

976 25 46 74[email protected]

Derecho de familia y penal

  • Abogado de familia
  • Abogado penalista
  • Asesoramiento jurídico online
  • Conóceme
  • Blog
    • Mis artículos
    • Sentencias comentadas
    • Firma invitada
    • Sala de prensa
    • Sala de TV
    • Sala de «podcasts»
    • Casos de éxito
  • Contacto

Tú a Boston y yo a California: separación de hermanos en casos de divorcio

Estás aquí: Inicio / Sala de prensa / Tú a Boston y yo a California: separación de hermanos en casos de divorcio

11/09/2021 - 4 comentarios

Por increíble que parezca se dan casos, poco habituales, pero se dan, de hermanos que son separados tras un divorcio, generalmente en procesos muy complicados entre los progenitores. Felipe Mateo Bueno, experto abogado en derecho de familia explica: “Como punto de partida hay que señalar que en nuestro derecho de familia rige el principio de no separación”. En este sentido, el letrado menciona el artículo 92 del código civil que en su punto 10 establece: “El juez adoptará, al acordar fundadamente el régimen de guarda y custodia, así como el de estancia, relación y comunicación, las cautelas necesarias, procedentes y adecuadas para el eficaz cumplimiento de los regímenes establecidos, procurando no separar a los hermanos”.

 

Leer artículo completo en El País

¿Te ha gustado?
Suscríbete a nuestro newsletter y semanalmente recibirás nuestras últimas publicaciones en tu correo.

Category iconSala de prensa Tag iconEL PAÍS

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. Francisco dice

    15/09/2021 a las 09:14

    Muy interesante y esclarecedor.

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      26/09/2021 a las 15:46

      Gracias, me alegro de que le haya resultado útil. Saludos Francisco

      Responder
  2. Ion Iñigo Palacios Salaberria dice

    12/09/2021 a las 15:47

    Interesante. No sé me había planteado nunca. Obviamente un 5% es una exigua probabilidad, lo que explica que no se me hubiera aparecido uno así.

    Responder
    • Felipe Mateo dice

      26/09/2021 a las 15:47

      Estimado compañero, un 5 % tirando por lo alto, a mi en casi veinte años de ejercicio profesional se me ha planteado esta situación media docena de veces. Saludos Ion Iñigo.

      Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

Últimos artículos

CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN «AUTOMÁTICA» DEL ARTÍCULO 94 DEL CÓDIGO CIVIL –TRES CASOS REALES–

EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES, ¿QUIÉN PAGA LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE LOS HIJOS?

«SOLO» EL 23 % DE LAS DENUNCIAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO ACABAN EN CONDENA, Y LA MITAD DE ESAS CONDENAS SON CON LA CONFORMIDAD DEL ACUSADO

¿POR QUÉ NO INTENTARLO?

UN PROBLEMA LLAMADO «VIVIENDA FAMILIAR»

«UN HOMBRE LLEVA A SU EX ANTE LOS TRIBUNALES POR METER A SU SUEGRA EN LA CASA: ERA VIVIENDA FAMILIAR DE SU HIJA MENOR»

Vídeos YouTube

Visita mi canal

Últimos artículos de mi blog

CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN «AUTOMÁTICA» DEL ARTÍCULO 94 DEL CÓDIGO CIVIL –TRES CASOS REALES–

26/04/2025

El día 3 de septiembre de 2021 entró en vigor la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su … Leer acerca de CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN «AUTOMÁTICA» DEL ARTÍCULO 94 DEL CÓDIGO CIVIL –TRES CASOS REALES–

EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES, ¿QUIÉN PAGA LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE LOS HIJOS?

29/03/2025

Se acerca el fin de curso y con él, para muchos estudiantes, el final del bachillerato y su entrada en la universidad. En el post «Los gastos por estudios universitarios están incluidos dentro de … Leer acerca de EN CASO DE DESACUERDO ENTRE LOS PROGENITORES, ¿QUIÉN PAGA LA UNIVERSIDAD PRIVADA DE LOS HIJOS?

«SOLO» EL 23 % DE LAS DENUNCIAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO ACABAN EN CONDENA, Y LA MITAD DE ESAS CONDENAS SON CON LA CONFORMIDAD DEL ACUSADO

22/02/2025

El pasado día 28 de diciembre de 2024 se cumplieron veinte años de la aprobación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de … Leer acerca de «SOLO» EL 23 % DE LAS DENUNCIAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO ACABAN EN CONDENA, Y LA MITAD DE ESAS CONDENAS SON CON LA CONFORMIDAD DEL ACUSADO

¿POR QUÉ NO INTENTARLO?

18/01/2025

Este es el primer post del año 2025, por eso, antes que nada, quiero desearles un feliz y próspero año nuevo. Como saben los que siguen este espacio, es costumbre que el primer post del año lo … Leer acerca de ¿POR QUÉ NO INTENTARLO?

  • Mis artículos
  • Sentencias comentadas
  • Firma invitada
  • Sala de prensa
  • Sala de TV
  • Sala de «podcasts»
  • Casos de éxito

Footer

Suscríbete a mis noticias

Suscríbete a la newsletter y semanalmente recibirás mis últimas publicaciones en tu correo.


En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica de protección de datos y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD) de diciembre de 2018, FELIPE FERNANDO MATEO BUENO pone en su conocimiento que su dirección electrónica, así como otros datos de carácter personal que puedan figurar en este formulario forman parte de un tratamiento de datos de carácter personal cuyas características se detallan a continuación:
Responsable: FELIPE FERNANDO MATEO BUENO

Finalidad: Envío de boletín de noticias.

Legitimación: Consentimiento del interesado o su representante legal.

Destinatarios: FELIPE FERNANDO MATEO BUENO no cede datos a terceros.

Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos, tal como se explica en nuestra política de privacidad.

Información adicional: Política de privacidad




Comprueba tu bandeja de entrada o de spam ahora para confirmar tu suscripción.

976 25 46 74 · 654 74 39 33

[email protected]

MATEO BUENO ABOGADO © 2014

  • Contacto
  • Honorarios
  • Pago de consultas
  • Abogado de familia
  • Abogado penalista
  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies