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SE APRUEBA LA «LEY 4/2015, DE 27 DE ABRIL, DEL ESTATUTO DE LA VÍCTIMA DEL DELITO»

Estás aquí: Inicio / Sentencias comentadas / SE APRUEBA LA «LEY 4/2015, DE 27 DE ABRIL, DEL ESTATUTO DE LA VÍCTIMA DEL DELITO»

12/05/2015 - Deja un comentario

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El día 28 de abril de 2015 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la «Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima del Delito», una norma que considero puede ser de gran interés para todos los ciudadanos en general y para los lectores de este espacio en particular.

Víctimas del DelitoEn los artículos 4 a 10 de Ley 4/2015 se recoge el catálogo de derechos de la víctima, de todas las víctimas de delitos sin distinción.

El artículo 2.1 de la Ley 4/2015 define a la víctima de la siguiente forma «… toda persona física que haya sufrido un daño o perjuicio sobre su propia persona o patrimonio, en especial lesiones físicas o psíquicas, daños emocionales o perjuicios económicos directamente causados por la comisión de un delito».

En los artículos 27 a 29 de la Ley 4/2015 se regulan las «Oficinas de Asistencia a las Víctimas».

Y por ultimo, el artículo 35 de la Ley 4/2015 regula lo que se ha venido a denominar el «Derecho de Reembolso» estableciendo que «La persona que se hubiera beneficiado de subvenciones o ayudas percibidas por su condición de víctima y que hubiera sido objeto de alguna de las medidas de protección reguladas en esta Ley, vendrá obligada a reembolsar las cantidades recibidas en dicho concepto y al abono de los gastos causados a la Administración por sus actuaciones de reconocimiento, información, protección y apoyo, así como por los servicios prestados con un incremento del interés legal del dinero aumentado en un cincuenta por ciento, si fuera condenada por denuncia falsa o simulación de delito».

Derecho de ReembolsoEl «Derecho de Reembolso» supone que, a partir de la entrada en vigor de esta Ley, toda persona que sea condenada por la comisión de un delito de acusación y denuncia falsa tendrá que reembolsar todas las subvenciones o ayudas percibidas por su condición de víctima, así como los gastos causados a la Administración con un incremento del interés legal del dinero -en el año 2015: 3,5 %- aumentado en un cincuenta por ciento. Curiosamente, este ha sido uno de los artículos de la norma que más polémica ha causado entre determinados colectivos ¿Por qué será?

Por ultimo señalar que dicha norma entrará en vigor el día 28 de octubre de 2015.

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Más información en:

Boletín Oficial del Estado

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