NOS «LEEMOS» EL 9 DE ENERO

En estas fechas es momento de hacer balance y en derecho de familia el «resultado» de este año 2020 es positivo. Por un lado, se ha consolidado la jurisprudencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo respecto a la extinción de la atribución del uso de la vivienda –de la que escribí, entre otros, en el post «La convivencia con una nueva pareja como causa de extinción de la atribución del uso de la vivienda»–. Y, por otro lado, se empieza a consolidar la jurisprudencia de la misma Sala referente a la extinción de la pensión de alimentos cuando los hijos, ya mayores de edad, se niegan a relacionarse con el progenitor no custodio –de la que escribí, entre otros, en el post «Extinción de la pensión de alimentos por negarse a tener relación con su padre»–.

Para el año que viene, en el ámbito del derecho de familia, tenemos nuevos retos. De uno de ellos versará el primer post del 2021 en el que abordaré si se puede «reclamar una indemnización» por daños morales como consecuencia del incumplimiento del régimen de visitas.

 

 

Las circunstancias especiales que han acontecido este año y que aún nos azotan no van a impedir que les desee, de corazón, una feliz y responsable Navidad, y que en el próximo año 2021 nos acompañe cada día la ilusión, el amor de nuestros seres queridos y la salud para seguir en la brecha.

Apreciados lectores, nos «leemos» con energías renovadas y con más contenidos interesantes el 9 de enero de 2021.

Cuídense mucho.

Hasta pronto.