Como muchos de ustedes saben «Reflexiones veraniegas de un letrado al teclado» surgió en el año 2016 como un post de inicio de año judicial en el que compartir con mis lectores algunas reflexiones fruto de mis juicios a lo largo del verano o, simplemente, de mis paseos por la orilla del mar.
Sin embargo, cada vez con más frecuencia me sucede que antes de empezar mis vacaciones ya sé perfectamente qué reflexiones quiero compartir y, créanme si les digo, que ya tenía ganas de compartirlas con ustedes.
Por ello, sin más dilación, les presento las seis breves reflexiones con las que empezamos este año judicial 2024/2025.
I. LA ABOGACÍA, ¿UNA PASIÓN O UN NEGOCIO?
A finales de junio, en la red social LinkedIn, leí un post de una compañera en el que escribía lo siguiente:
«Prefiero trabajar un domingo que ser asalariada…
Domingo 16 de junio y aquí me encuentro, en mi despacho, trabajando y preparando la semana que viene. Es en estos días de trabajo, cuando la gente suele aprovechar para descansar, me doy cuenta de las múltiples ventajas que ofrece el ser emprendedor. Trabajar un domingo puede parecer una desventaja para muchos, pero para mí, representa la libertad y la flexibilidad que buscaba cuando decidí emprender.
Como emprendedora, puedo organizar mi tiempo de manera que se adapte mejor a mis necesidades y ritmo de vida. La capacidad de decidir cuándo y cómo trabajar me permite ser más productiva y estar mas enfocada, evitando las limitaciones de un horario rígido. Además, la satisfacción de construir algo propio y ver crecer mi proyecto es incomparable.
Trabajar los fines de semana me ofrece la tranquilidad de tener menos distracciones y más tiempo para concentrarme en tareas estratégicas. Cada hora invertida se traduce directamente en el crecimiento de mi negocio, y esa conexión directa entre esfuerzo y resultado es profundamente gratificante.
Aunque a veces no es fácil ser emprendedor, las recompensas de ser dueño de tu tiempo y tu destino profesional son inmensas. ¿Quién más comparte esta visión?»
Lo cierto es que el post me gustó hasta que leí la palabra «negocio». Y digo que me gustó porque me sentí plenamente identificado con la compañera en lo referente a trabajar los domingos por la tarde para encauzar la semana, dejarlo todo preparado y llegar al lunes con todo bajo control.
En mi caso, mi profesión es una forma de vida, una pasión; nunca me he planteado trabajar un domingo para que cada hora se traduzca «directamente en el crecimiento de mi negocio».
Sin embargo, la compañera, con su post sembró una duda en mí, por lo que decidí hacer una encuesta entre compañeros en mi perfil de X –antes Twitter– para ver si eran más los que veían la profesión como un negocio o una forma de vida/pasión, y a tal efecto planteé la siguiente pregunta: «Para ti, tu profesión –la abogacía–, ¿es un negocio o una forma de vida/pasión?».
Y lo cierto que la encuesta no me aclaró nada, porque hubo un empate al 50 %.
Personalmente me reafirmo en lo dicho, para mí la profesión de abogado es una forma de vida, una pasión, y lo más sorprendente es que cuando no piensas «[…] en el crecimiento de mi negocio, […]» y te centras en cómo ayudar lo mejor posible a cada cliente, es cuando el fruto de tu trabajo es óptimo en todos los aspectos.
II. LOS ABOGADOS TENEMOS QUE HACER LO QUE EL CLIENTE «NECESITA», NO LO QUE EL CLIENTE «QUIERE»
Cada día hay más abogados en internet compartiendo sus éxitos, y ninguno comete errores, ninguno pierde juicios, todos son «la leche».
Sin embargo, la realidad es que el único abogado que no comete errores es el que no tiene clientes; el único abogado que no pierde juicios es el que no tiene juicios; porque todos los abogados cometemos errores y perdemos juicios. Lo que marca la diferencia entre unos y otros es el porcentaje de errores que se cometen o de juicios que pierden.
Y lo cierto es que mientras que ese porcentaje no sea elevado, el «tropezar» de vez en cuando es un «baño de humildad», una lección que necesitamos aprender y una forma de quitarnos la «tontería», aunque sea de un «sopapo».
Pues bien, hoy quiero compartir con todos ustedes uno de esos errores que a veces cometemos los abogados. Un error que he cometido yo, a pesar de llevar más de veinte años de ejercicio profesional a mis espaldas. Un error de principiante, sí, de principiante.
Un cliente me encargó un asunto –concretamente una liquidación de la sociedad de gananciales–. El primer paso que había que dar era presentar la solicitud de formación de inventario.
En relación con una de las partidas que integraban el activo de la sociedad de gananciales, el cliente se empeñó en plantear dicha solicitud de una forma con la que yo no estaba de acuerdo.
Estuvimos discutiendo esa cuestión durante meses. Tal fue su empeño que, al final, accedí a plantear la solicitud de formación de inventario, en lo que a esa partida se refiere, como el cliente quería.
En primera instancia, como se dice coloquialmente, «hemos salvado los muebles», aunque las cosas no han salido como el cliente pensaba. Pero en segunda instancia mucho me temo que no será así.
Si, finalmente, las cosas no salen bien, es decir, si perdemos, en lo que a esa partida se refiere, la «culpa» será del cliente por empeñarse en hacer las cosas de una determinada manera, pero, sobre todo, mía, por acceder a plantear un asunto de una forma con la que yo no estaba de acuerdo.
Es curioso, porque siempre he tenido y tengo claro que la dirección letrada de un asunto la tiene el abogado y, si el cliente no está de acuerdo con la dirección letrada, lo que tiene que hacer es cambiar de abogado.
En este caso cometí yo el error de acceder a lo que el cliente quería, pero con ello no le he ayudado, al contrario, le he perjudicado.
Por lo tanto, algo que nos tenemos que grabar a fuego los abogados es que tenemos que hacer lo que el cliente necesita, no lo que el cliente quiere. En estos casos es preferible perder un cliente que perder un pleito.
III. NO HAY ABOGADOS DEL TURNO DE OFICIO PARA PERSEGUIR LAS DENUNCIAS FALSAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO
Antes del verano contactó conmigo un padre de Galicia que estaba inmerso en un divorcio contencioso y conflictivo. Su ex había formulado contra él varias denuncias por violencia de género que habían terminado en auto de sobreseimiento o sentencia absolutoria.
Al buen hombre –que no andaba sobrado de recursos– se le ocurrió ir al Colegio de Abogados de su localidad para solicitar un abogado de oficio para denunciar a su ex por la presunta comisión de un delito de acusación o denuncia falsa. Para su sorpresa, la respuesta del Colegio fue que para denunciar a su ex por la presunta comisión de un delito de acusación o denuncia falsa no hay abogados de oficio, que si quería denunciar podía ir a comisaría o poner una denuncia por su cuenta en el juzgado de guardia.
Lo «curioso» de este caso es que si una mujer decide presentar una denuncia por violencia de género contra su pareja o expareja –aunque dicha denuncia sea falsa– tiene asistencia jurídica gratuita independientemente de su capacidad económica desde el mismo momento en que decide denunciar.
Creo que estarán de acuerdo conmigo, mis estimados lectores que, cuando menos, es «injusto» que una mujer pueda contar con asistencia jurídica gratuita para denunciar por violencia de género aunque se trate de una denuncia falsa y se tengan recursos económicos suficientes para ser asistida por un abogado de libre designación y, sin embargo, un hombre no pueda contar con asistencia jurídica gratuita para perseguir después esa falsa denuncia cuando carece de recursos económicos para contratar los servicios de un abogado de libre designación.
IV. LA JUSTICIA GRATUITA, NO ES GRATIS
Tal como les decía en mi anterior «reflexión», las mujeres en España cuentan con asistencia jurídica gratuita para denunciar por violencia de género, aunque se trate de una denuncia falsa y tengan recursos económicos suficientes para ser asistidas por un abogado de libre designación.
Y esto me parece muy bien cuando se trata de proteger a las verdaderas víctimas de la violencia doméstica o intrafamiliar –la violencia no tiene género– y, más todavía, cuando esas víctimas no tienen recursos económicos para contratar los servicios de un abogado de libre designación.
Pero cuando las cosas son «gratis» ya se sabe lo que pasa: Que se puede caer en la tentación de hacer un mal uso de esas cosas o, como dice una amiga mía: «Si es gratis, cueste lo que cueste».
Y eso precisamente es lo que está pasando con la justicia gratuita, que nos encontramos con señoras que, como es «gratis» igual les da poner una denuncia por violencia de género que una docena; y que cuando se las archivan o se dicta sentencia absolutoria, con la sola finalidad de dilatar el procedimiento, con las nefastas consecuencias que ello conlleva para sus exmaridos o exparejas, agotan todas las instancias habidas y por haber, «Como es gratis…».
En este momento tengo un par de asuntos en los que mis clientes han sido absueltos por el juzgado de lo penal; las sentencias han sido confirmadas por la Audiencia Provincial y, no conformes con ello, sus ex han presentado recursos de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, recursos que están abocados al fracaso, pero «Como es gratis…».
Pues bien, lo primero que hay que decir es que la justicia gratuita NO es gratis, la pagamos todos los contribuyentes con nuestros impuestos.
Dicho lo cual, considero que se deberían instrumentar las medidas necesarias para que todas aquellas personas que hacen un uso abusivo del derecho a la tutela judicial efectiva en general y de la justicia gratuita en particular, tuvieran que pagar la totalidad o parte de los honorarios de los compañeros y compañeras del turno de oficio que les asisten.
V. HERMANA, YO «NO» TE CREO
Antes del verano tuve un juicio oral en Pamplona en el que el Ministerio Fiscal me sorprendió –no puedo decir gratamente– por su entrega a la causa del «Hermana, yo sí te creo».
Lo cierto es que la Sra. fiscal en ese juicio prácticamente llegó a decir que «no hacían falta pruebas», porque como la denunciante había contado la misma versión en comisaría, en el juzgado de instrucción y en el juicio oral –cosa que no era cierta–, no hacían falta pruebas para condenar al acusado.
Sin embargo, aun a riesgo de que algunos me citen la tan manida jurisprudencia en virtud de la cual el testimonio de la víctima puede ser prueba de cargo suficiente para enervar el principio de presunción de inocencia que ampara a todo ciudadano, tengo que decir que el hecho de que una mentira se repita varias veces no la convierte en verdad.
Creo que en este país el «entreguismo» de algunos fiscales –NO TODOS–, a la causa del «Hermana, yo sí te creo» está haciendo mucho daño. Cada día son más las voces que dicen que se está condenando a hombres sin pruebas y que hay muchos inocentes en la cárcel –voces a las que desde luego me uno yo–.
Con la excusa de no se sabe qué no nos podemos cargar derechos fundamentales tales como el derecho de presunción de inocencia.
Por ello, «Hermana, yo NO te creo», salvo que aportes pruebas, ya que la carga de la prueba la tiene el que acusa, no el que es acusado.
VI. SE EDUCA CON EL EJEMPLO, NO SOLO CON LAS PALABRAS
Me van a permitir que acabe mis reflexiones veraniegas de este año con una que nada tiene que ver con el derecho de familia o derecho penal relacionado con familia.
Este verano –en comidas y cenas en restaurantes– he visto padres y madres con alguna que otra «copa de más». Lo malo no era eso, lo lamentable es que no estaban solos, estaban con sus hijos.
Y algo peor aún es que he visto a padres y madres haciendo la «gracieta» de incitar a sus hijos adolescentes a beber.
Y yo me pregunto, ¿cómo le puedes decir a un hijo que no beba, cuando te ha visto con algunas copas de más o tú mismo le incitas a beber?
Como siempre digo, antes que abogado soy padre –de una hija adolescente– y como pienso que se educa con el ejemplo y no solo con las palabras, este verano, en comidas y cenas, he bebido agua –¿me apetecía una sangría o una cerveza? Pues claro que sí, pero me he aguantado–.
Luego mi hija hará lo que quiera, pero no podrá decir que su padre le ha dado un mal ejemplo.
Estimados lectores, espero que mis reflexiones hayan sido de su agrado –si me critican, háganlo con cariño, porque escribo todos mis artículos con la única intención de ayudar–. Y ahora sí, empezamos el año judicial 2024/2025, en el que les deseo paciencia, suerte y justicia.
Más información en:
Reflexiones veraniegas de un letrado al teclado –2016–
Reflexiones veraniegas de un letrado al teclado –2017–
Reflexiones veraniegas de un letrado al teclado –2018–
Reflexiones veraniegas de un letrado al teclado –2019–
Reflexiones veraniegas de un letrado al teclado –2020–
Reflexiones veraniegas de un letrado al teclado –2022–
Reflexiones veraniegas de un letrado al teclado –2023–
FRANCISCO JAVIER JIMENEZ dice
Estimado Mateo, no le conozco personalmente, pero ya llevo varios años siguiendo tus publicaciones, y de manera peculiar tus reflexiones Veraniegas, que como siempre resultan reflexiones de vida. Saludos desde Zapopan, México.
Felipe Mateo dice
Muchas gracias por seguir mis publicaciones y por sus palabras. Saludos desde Zaragoza (España)
JUAN CARLOS MARCOS BORREGO dice
No soy abogado. Tan solo hice el primer curso. Le sigo desde hace muchos años. Me parecen unas reflexiones muy acertadas y simpatizó con todo lo expuesto.. Gracias a personas de su talante y vocación sus clientes estarán protegidos de un sistema nefasto
Felipe Mateo dice
Muchas gracias por seguirme y por sus palabras. Saludos Juan Carlos
Patricia Huertas dice
Contenido de mucha calidad. Gracias por compartirlo
Felipe Mateo dice
Gracias; me alegro de que le guste. Saludos Patricia
ANA ISABEL MUÑOZ SÁNCHEZ CAMACHO dice
Buenos días.
Como siempre, estupendas reflexiones veraniegas y con las que estoy totalmente de acuerdo.
Muchas gracias por compartirlas Felipe. Siempre aprendiendo contigo. Saludos.
Felipe Mateo dice
De nada; me alegro de que coincidamos. Saludos Ana Isabel